Incidente Nº 1 - IMPUTADO: DIAZ, JONATHAN GABRIEL s/INCIDENTE DE ESTIMULO EDUCATIVO
La defensa de Jonathan Gabriel Díaz interpuso recurso de casación contra la resolución del juez de ejecución que aplicó sólo dos meses de reducción por estímulo educativo. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso, anuló la resolución y devolvió las actuaciones para que previa intervención de las partes se dicte nuevo pronunciamiento, sin costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa pública oficial de Jonathan Gabriel Díaz, en recurso de casación.
Demandado: La resolución del juez en funciones de ejecución del Tribunal Oral Federal de Tucumán (acto recurrido).
Objeto: Se alegó la errónea aplicación del art. 140 de la ley 24.660 (estimulo educativo), arbitrariedad por omisión en la fundamentación del monto de reducción (solo dos meses) respecto de la recomendación del Consejo Correccional (diez meses), y negativa a acumular plazos de reducción por cada curso. Se solicitó la nulidad de la resolución y nuevo pronunciamiento. Reserva de caso federal.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, anuló la resolución recurrida y devolvió las actuaciones al tribunal de origen para que, previa intervención de las partes, se dicte un nuevo pronunciamiento, sin costas (arts. 471, 530 y ccds. CPPN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En consecuencia, la defensa técnica debe ser convocada y oída de modo previo a la toma de cualquier decisión jurisdiccional, extremo que no se ha cumplido en el presente supuesto."
2) "En consecuencia, propongo al acuerdo hacer lugar, sin costas, al recurso interpuesto, anular la resolución recurrida y devolver las actuaciones a su procedencia para que, previa intervención de las partes, se dicte un nuevo pronunciamiento, lo que de ningún modo implica adelantar criterio sobre la materia en trato (arts. 471, 530 y ccds. CPPN). Tal es mi voto." (voto de la Dra. Angela E. Ledesma, que integra la mayoría).
3) Voto en disidencia del Sr. Juez Daniel Antonio Petrone (resumen y cita): propuso rechazar el recurso por considerar que los agravios no contenían una crítica razonada que conmueva la decisión y que la resolución impugnada contenía fundamentos suficientes; sostuvo: "En tales condiciones, propongo rechazar el recurso de casación interpuesto, con costas en la instancia (cfr. arts. 470, 471 -a contrario sensu-, 530, 531 y ccdtes. del CPPN). Es mi voto." (este fue el voto vencido).
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