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CRESPI MIRIAM ADRIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando reajustes y actualización de remuneraciones para el cálculo del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, ordenó actualizar las remuneraciones indicadas, declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 en los alcances señalados y difirió el tratamiento de otras cuestionadas normas para la etapa de ejecución.

Camara federal de la seguridad social Apelacion Actualizacion remuneraciones Ley 27.609 Inconstitucionalidad art. 4 Prestacion basica universal Isbic / elliff Diferimiento a ejecucion Costas Honorarios

Actor: CRESPI MIRIAM ADRIANA. Demandado: ANSeS. Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios —actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, discusión sobre índice aplicable a la Prestación Básica Universal (PBU), impugnaciones de normas (Ley 27.609, arts. 9 y 25 Ley 24.241, Decreto 274/2024), prescripción e intereses—.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, ordenó actualizar las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial según lo indicado en los considerandos y declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la Ley 27.609 con los alcances señalados; confirmó en lo demás la sentencia apelada; difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de las impugnaciones a los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241, a la Ley 27.609 y al Decreto 274/2024; impuso costas a la demandada y reguló honorarios a favor de la representación de la actora. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- “Por lo tanto, considero que corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado y declarar la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 con los alcances señalados.”
- “Por lo tanto, considero que corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado y declarar la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 con los alcances señalados.” (voto del Dr. Fantini, párrafo donde anuncia la revocación parcial y la inconstitucionalidad).
- “En tal orden, corresponde hacer lugar al planteo de la parte actora y ordenar la actualización de las remuneraciones anteriores al 31.3.1991 consideradas para el cálculo de la PC y PAP, con arreglo a lo indicado por las resoluciones 63/94, 918/94, 1120/94 y 140/1995, ésta última sin su limitación temporal, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417 -con sus modificaciones
- y hasta la fecha de adquisición del derecho (Conf. CSJN ‘Elliff Alberto c/Anses s/Reajustes Varios’, sent del 11 de agosto del año 2009 (Fallos 332: 1914), doctrina que fue ratificada en la sentencia ‘Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios’ de fecha 18 de diciembre de 2018).”
- “En relación con el planteo referido a la inconstitucionalidad de la Ley 27.426 y de la ley 27.541, atento a que en el período en cuestión el actor no gozaba del beneficio previsional que intenta reajustar, resulta abstracto expedirse al respecto...”
- Cita sobre inconstitucionalidad como ultima ratio: “la declaración de inconstitucionalidad de una ley o de alguna de sus partes es un acto de suma gravedad institucional que debe ser considerada como ultima ratio del orden jurídico”.
- Índice PBU: “...para la redeterminación de la Prestación Básica Universal como integrante del haber inicial habrá de aplicarse el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro Adolfo Valentín c/ ANSeS s/reajustes varios'... y los aumentos generales dispuestos por ley 26.198 y decretos 1346/07 y 279/08 hasta la fecha de adquisición del beneficio o hasta la fecha de la sanción de la Ley 26.417, lo que ocurra primero”. Disidencias: No se registran votos en disidencia; la resolución es producto del acuerdo mayoritario (votos de Fantini, Carnota y Dorado).

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