MEDAL GRACIELA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES para el recálculo y reajuste de su haber previsional y el pago de retroactividades. El Juzgado hizo lugar a la demanda, ordenó redeterminar y reajustar el haber inicial, el pago de las diferencias con intereses desde el 11/02/2023 y declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 en caso de que su aplicación provoque una merma superior al 15%.
¿Quién es el actor?
MEDAL Graciela del Carmen (parte actora).
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo del haber inicial jubilatorio (ley 24.241), aplicación de pautas de movilidad, y pago de las sumas retroactivas con intereses; impugnación de topes máximos y planteo de inconstitucionalidad de normas que afectarían la integralidad del haber.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber inicial conforme a las pautas fijadas en los considerandos, abonar las diferencias retroactivas con más sus intereses desde el 11/02/2023 (dos años previos al reclamo administrativo), admitir la excepción de prescripción conforme art. 82 de la ley 18.037, declarar la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 en caso de que su aplicación provoque una merma superior al 15% respecto de los haberes calculados, imponer costas a la demandada y diferir regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"La cuestión a resolver se centra en determinar si la aplicación del método previsto por la referida ley y sus reglamentaciones ha asegurado, en el caso, la vigencia de las garantías contempladas por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en consecuencia, si procede o no la recomposición del haber previsional en los términos solicitados."
"En tal sentido, sin perjuicio del criterio que mantuve sobre el particular -de actualizar el valor del AMPO/MOPRE según el índice del salario básico de convenio de la industria y la construcción (ISBIC)-, lo cierto es que las tres Salas de la Excma. Cámara del fuero han unificado su posición sobre el punto, adoptando para la actualización de la PBU, el índice contemplado en el fallo de la CSJN 'Badaro Adolfo Valentín', sent. del 26/11/2007..."
"Que por ende, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la mencionada norma [art. 26 ley 24.241] para el caso en que su aplicación conduzca a una merma en el haber jubilatorio de la parte actora que resulte confiscatoria... extremo que se verificará al tiempo de practicar liquidación."
Sobre intereses y exenciones: "A las diferencias generadas a favor de la parte demandante, se aplicarán intereses... conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina" y "declarar exentas de dicha retención a las retroactividades que surjan en favor de la parte actora" por omisión del Congreso respecto del impuesto a las ganancias.
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la resolución única es dictada por la Jueza Federal Subrogante Valeria A. Bertolini y consta como sentencia definitiva.
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