CONTRERAS CHACON JOSE DIEGO c/ YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a Yacimiento Carbonífero Río Turbio por reajustes y pago de complementos jubilatorios por haberes suspendidos (05/18 a 02/20). La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, ordenó la liquidación y pago de las sumas reclamadas y condenó en costas a la apelante por su orden.
¿Quién es el actor?
CONTRERAS CHACON JOSE DIEGO.
¿A quién se demanda?
YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes y pago de complemento jubilatorio correspondiente a mensuales suspendidos (período 05/18 hasta 02/20), más intereses, conforme al Decreto 1474/07 y Acta Acuerdo.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal resolvió confirmar la sentencia apelada; impuso las costas de alzada por su orden por ausencia de réplica al memorial (art. 68, segundo párrafo, CPCCN) y ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que, por su lado, la CSJN ha precisado que los recurrentes deben rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que el juzgador se apoyó para arribar a sus conclusiones (Fallos: 323:1261 y su cita, entre muchos otros)."
"Que el esfuerzo dialéctico efectuado por la demandada no ha de prosperar, toda vez que no logra conmover ni controvertir los fundamentos –vertidos en sus considerandos
- en base a los cuales la Sra. Juez se pronunció del modo en que lo hizo, los que se comparten por ser ajustados a derecho a la luz de las constancias de la causa."
"Que, en otro orden de cosas, no ha de prosperar el embate dirigido contra las costas, habida cuenta el principio establecido en el art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo'."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; lo resuelto es el acuerdo de la Cámara.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: