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SOULE MARIA VICTORIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió un amparo contra ANSeS impugnando la aplicación de la escala de deducción del art. 9 de la ley 24.463 y reclamó restitución de montos retenidos. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, declarando inaplicable la escala del art. 9 inciso 2º y ordenando la restitución sin la deducción cuestionada.

Amparo Anses Art. 9 ley 24.463 Escala de deducciones Jubilacion Restitucion de descuentos Costas Honorarios Inaplicabilidad Seguridad social


¿Quién es el actor?

SOULE MARIA VICTORIA (actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Amparo para declarar la inconstitucionalidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 y la aplicación de la escala de deducciones del art. 9 de la ley 24.463; y obtener la restitución de montos retenidos (sin retención de impuesto a las ganancias) con intereses.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada en lo que decide y fue materia de agravios; costas de alzada a la demandada; y se fijaron los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Mediante sentencia dictada por el Juzgado Interviniente, se hizo lugar a la acción entablada, declarando la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 y dispuso el pago del beneficio de jubilación de la titular sin la deducción prevista en esa norma, así como la liquidación y restitución de las sumas descontadas por dicho concepto.Asimismo, declaró la exención del impuesto a las ganancias; impuso las costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios." "Corresponde señalar que la escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24.241, que no es este el caso y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Por ello, la limitación del art 9, inc 2, no debe ser de aplicación a beneficios como el presente." "Por ello corresponde ordenar que resulta inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24463 tan sólo y, en base a los argumentos aquí vertidos, corresponde confirmar la sentencia recurrida."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el bloque resolutorio.

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