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ARCA c/ INGEMYC S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por ARCA contra INGEMYC S.R.L. por $6.475.961,70 por impuestos y aportes. El Juzgado Federal declaró procedente la ejecución, tuvo por regularizada la deuda previsional en plan de pagos y por cancelados los anticipos del Impuesto a las Ganancias, e impuso las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Arca Pago y regularizacion Plan de pago v634470 Impuesto a las ganancias Seguridad social Costas Ley 11.683 Consolidacion 28/01/2026 Cancelacion 11/02/2026


¿Quién es el actor?

ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP).

¿A quién se demanda?

INGEMYC S.R.L. (CUIT 30-71626101-4).
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por deuda integrada por aportes y contribuciones de la seguridad social y anticipos del Impuesto a las Ganancias, por la suma total reclamada de $6.475.961,70.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente la ejecución por $6.475.961,70 con intereses y accesorios; se tuvo por regularizada la deuda de Seguridad Social (Aportes y Contribuciones 11/2025) mediante el Plan de Pago V634470 consolidado el 28/01/2026; se tuvo por cancelados los anticipos del Impuesto a las Ganancias 4, 5 y 6/2025 el 11/02/2026; se impusieron las costas a la ejecutada, considerándose pagados los honorarios conforme a la estimación administrativa practicada por ARCA y quedando a cargo de la demandada la integración de los aportes a la Caja de Abogados de la Provincia de Salta; y se ordenó notificar, registrar y protocolizar digitalmente.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Según comprobantes adjuntados por la parte demandada (fs. 9/25) y que no fueron objetados por la actora, los tres anticipos mencionados fueron cancelados el 11/02/2026." "Asimismo manifiesta que ha regularizado la restante deuda, correspondiente a obligaciones de la seguridad social, según F. 1003 de fecha 28 de enero del 2026, con la adhesión al Plan de Pago nro.V634470 (RG 5321), acompañando además el acuse de recibo del Plan, el detalle de obligaciones regularizadas, así como el detalle de cuotas y vencimientos." "El art. 92 de la Ley 11683 (y sus modific.), ... 'Los pagos efectuados después de iniciado el juicio no serán hábiles para fundar excepción. Acreditados los mismos en autos procederá su archivo o reducción del monto demandado con costas a los ejecutados.' ... dicha disposición interpretada en armonía con lo que disponen los arts. 558, 604 y 605 del mismo cuerpo legal y el art. 92 citado de la Ley 11683 (y modific.) es concluyente para que las costas deban ser impuestas a la parte demandada." "La aplicación de las normas citadas se ve reforzada por las constancias de autos, de las que surge que la demanda fue interpuesta el 20/12/2025; que la regularización de la deuda de Seguridad Social (Aportes y Contribuciones 11/2025) se hizo el 28/01/2026, es decir con posterioridad a la fecha de interposición de la demanda; que los pagos del Impuesto a las Ganancias (Anticipos 4, 5 y 6/2025) fueron realizados el 11/02/2026, es decir con posterioridad a la fecha de interposición de la demanda y del mandamiento de intimación de pago que se tramitó el 10/02/2026 (fs. 28/29)."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; decisión emanada del Juez de primera instancia conforme al texto resolutorio.

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