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Incidente Nº 4 - IMPUTADO: HERRERA, RAUL FELIPE s/Audiencia de Debate con Tribunal unipersonal (Arts. 55, inc. A, y 294)

Juicio oral por comercialización y tenencia de estupefacientes para venta. El tribunal declaró penalmente responsable a Raúl Felipe Herrera y lo condenó a 4 años de prisión, multa de 45 unidades fijas e inhabilitación absoluta, fundando la decisión en un plexo probatorio integrado por vigilancias, interceptaciones, allanamiento, pericias químicas y análisis financiero.

Narcotrafico Tenencia con fines de comercializacion Comercializacion de estupefacientes Condena Pena 4 anos Multa 45 unidades fijas Decomiso Destruccion de estupefacientes Vigilancia e interceptacion Mercado pago (analisis financiero)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Unidad Fiscal San Luis, Dra. Mónica Spagnuolo). Demandado: Raúl Felipe Herrera. Objeto: Se le atribuye la comisión de los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercialización de estupefacientes (art. 5 inciso "c" Ley 23.737). Decisión: Se declaró la responsabilidad penal de Raúl Felipe Herrera como autor de los delitos imputados y se lo condenó a CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, MULTA de 45 unidades fijas e INHABILITACIÓN ABSOLUTA por el término de la condena; además se requirió informe de viabilidad para morigerar la medida de coerción, se difirió esa resolución, se dispuso el decomiso de tres teléfonos celulares y dos balanzas, y se autorizó la destrucción del material estupefaciente, entre otras providencias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "La investigación tuvo origen en una denuncia anónima recibida el 13 de marzo de 2025, en los términos del artículo 34 bis de la Ley 23.737... Sin embargo, la responsabilidad del imputado no se sustenta en el contenido de dicha denuncia sino en la abundante prueba producida durante la investigación y reproducida en el debate." "Particular importancia adquiere la reiteración de la misma secuencia en seis oportunidades distintas: arribo al domicilio investigado, breve permanencia, contacto con Herrera, retiro inmediato e interceptación positiva con hallazgo de cocaína. La repetición sistemática de este patrón operativo excluye razonablemente cualquier hipótesis de casualidad o coincidencia." "La finalidad de comercialización... La cantidad de droga secuestrada, su modalidad de conservación, la existencia de balanzas digitales de precisión, los recortes de nylon compatibles con el fraccionamiento para la venta y la reiteración de las operaciones constatadas durante la investigación constituyen indicadores inequívocos de que la sustancia no estaba destinada al consumo personal sino a su distribución ilícita." Sobre la pena: "A la luz de todas estas circunstancias, y teniendo especialmente en consideración que el Ministerio Público Fiscal solicitó la imposición del mínimo legal previsto para la figura aplicada, este Tribunal considera que la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN resulta adecuada, razonable y proporcional."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la sentencia fue dictada por la jueza redactora unipersonal conforme carátula.

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