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LURATI LILIANA INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes varios contra ANSES sobre su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente Villanustre, del art. 26 de la Ley 24.241 y del art. 14.2 de la Res. SS 6/09, confirmó lo demás y reguló costas y honorarios.

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¿Quién es el actor?

LURATI LILIANA INES.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de jubilación/prestación previsional (incluye cuestionamientos sobre la Prestación Básica Universal, aplicación de topes, inconstitucionalidades normativas y liquidaciones).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente "Villanustre", del artículo 26 de la Ley 24.241 y del artículo 14 punto 2) de la Resolución SS 6/09; difirió la regulación de honorarios de primera instancia; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso costas de alzada por su orden; fijó honorarios de alzada a favor de la letrada de la actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripciones relevantes del decisorio, lenguaje del tribunal): "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN 'Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios' sentencia del 6 de agosto de 2015'), en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado." "En consecuencia, habida cuenta que el art. 9 inc. 2) de la Ley 24463 dispone que la escala de deducción resulta aplicable a prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la Ley 24.241 y que la parte actora adquirió su beneficio previsional al cobijo de esta última, el haber previsional del actor queda eximido de esta quita legal." "Por lo expuesto, en caso de prosperar mi voto, propicio: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Diferir el tratamiento del precedente 'Villanustre', del art. 26 de la Ley 24.241 y del art. 14 punto 2) de la Resolución SS 6/09 para la etapa de ejecución; 3) Diferir la regulación de honorarios de Primera Instancia conforme lo señalado; 4) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide; 5) Costas de alzada por su orden en atención a las particularidades de la causa (cfr. Art. 36 de la Ley 27.423); 6) Regular los honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia con más el IVA en caso de corresponder (art. 30 primer párrafo Ley 27.423); 7) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."
- Disidencia: El Dr. Juan Alberto Fantini adhirió al voto mayoritario "con excepción de lo resuelto en torno al art. 14 punto 2) de la Resolución SS 6/09", pero la resolución se adoptó por mayoría conforme al bloque dispositivo transcripto, por lo que la posición minoritaria no modificó el acuerdo final.

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