DIAZ VICTOR ANDRES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes previsionales por actualización de la Prestación Básica Universal y control de la movilidad de la Ley 27.609. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferió el examen de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución, confirmó lo demás, y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Díaz Víctor Andrés.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios, en especial la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestionamiento de la movilidad establecida por la Ley 27.609; apelaciones de ambas partes contra la sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme los considerandos, diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609, confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás que fue materia de agravios, impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida, reguló honorarios por la alzada y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la metodología para evaluar la incidencia de la PBU: "En consecuencia, ante el nuevo escenario fáctico suscitado y a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, considero que en casos como el de autos donde no se encuentra ordenada la actualización de la PC y la PAP, la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro' del 26 de noviembre de 2007 (Índice de Salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06) y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria (esta cuenta se realizará comparando el haber de Caja, con la sumatoria de la PC y PAP de Caja más la PBU actualizada. Si la diferencia en el monto final supera el 15% del haber de Caja, corresponde su actualización)."
2) Sobre la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y la prudencia ante el DNU 274/2024: "A la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución... Dictar un pronunciamiento definitivo en esta etapa podría superponerse y, eventualmente, obstaculizar los ajustes normativos que se están implementando, afectando la seguridad jurídica en detrimento de la previsibilidad que demanda el sistema previsional."
3) Sobre costas y doctrina vinculante: "En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, a cuyos argumentos me remito en honor a la brevedad, corresponde revocar la imposición de costas e imponerlas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423)."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini manifestó disidencia respecto del voto que encabeza el decisorio en términos de la metodología para el recálculo de la PBU, proponiendo aplicar la solución que propuso en autos "Grattone Ángel Celestino c/ ANSeS s/reajustes varios" (Expte. 14284/2021, sentencia 19/3/2024), y en ese sentido también propuso revocar parcialmente la instancia de grado conforme a su criterio. No obstante, la decisión adoptada por mayoría es la que figura en la parte resolutiva.
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