DAFFINI DANIEL HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Acción por reajustes previsionales propuesta contra ANSES por cálculo del haber inicial y componentes (PBU y otros). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, difirió el tratamiento del precedente Villanustre y del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución, y confirmó lo demás, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
DAFFINI DANIEL HECTOR
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; impugnación de parámetros de actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial (incluyendo Prestación Básica Universal), inaplicabilidad o inconstitucionalidad de normas y descuentos (ej.: art.9 Ley 24.463, art.26 Ley 24.241), impugnación de Decreto 807/16, tema impuesto a las ganancias y descuentos por obra social, intereses y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, difiriendo para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente "Villanustre" y del art. 26 de la Ley 24.241; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso las costas de alzada a la demandada vencida conforme la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS”; reguló los honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia (más IVA si corresponde); y ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"De tal manera, atento que quien acciona obtuvo su prestación previsional con posterioridad al mes agosto 2016, corresponde remitirnos, por razones de orden y economía procesal, en cuanto a la validez constitucional del Decreto 807/16 a los fundamentos del fallo 'Blanco' y confirmar lo resuelto en la instancia de grado."
"En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes."
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN 'Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios' sentencia del 6 de agosto de 2015), en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
"Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
"Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos: El Dr. Walter F. Carnota fue el votante que expuso los considerandos, y los Dres. Juan A. Fantini y Nora C. Dorado adhirieron; la decisión es de la Cámara por unanimidad de los que integran el acuerdo descrito (no se registra disidencia).
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