RODRIGUEZ EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajustes previsionales y diferencias de movilidad para enero/febrero 2021; la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso de la actora, revocó la orden de aplicar diferencias porcentuales sobre haberes de enero y febrero de 2021 y diferió para ejecución el examen de topes de haberes, confirmando el resto de la sentencia y las costas conforme al art. 68 CPCCN.
¿Quién es el actor?
RODRIGUEZ EDUARDO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamos por reajustes varios y aplicación de movilidad y diferencias porcentuales sobre haberes (especialmente respecto de enero/febrero 2021), impugnación de topes de haberes y cuestiones conexas (impuesto a las ganancias, costas).
¿Qué se resolvió?
Se declaró desierto el remedio legal intentado por la parte actora; se revocó la resolución de grado en cuanto ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual que pudiera existir entre aumentos suspendidos y los abonados durante 2020; se difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se confirmaron las demás decisiones de la sentencia apelada y lo resuelto respecto de las costas (con costas por su orden en la Alzada).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) "La actora no expresó agravios en los términos de los arts. 259 y 265 del CPCCN, motivo por el que corresponde declarar desierto el remedio legal intentado."
2) "En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada."
3) "Por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque hizo notar una opinión separada respecto de las costas de primera instancia, entendiendo que debían imponerse a la demandada vencida (señalamiento que queda como disidencia parcial y no modifica la decisión de mayoría sobre el sistema de costas adoptado).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: