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GRASSO MARIO ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional conforme la ley 24.241. El Juzgado federal hizo lugar parcialmente al reclamo y a la defensa de prescripción, ordenando el recálculo del haber y el pago del retroactivo dentro de 120 días, y con costas en orden causado.

Seguridad social Reajuste previsional Pbu Ley 24.241 Prescripcion (art. 82 ley 18.037) Recalculo de haber Retroactivos Ley 27.609 Mopre Anses.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GRASSO MARIO ALFREDO. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-0617061-0-0, adquisición del derecho 27/04/2021) conforme previsiones de la ley 24.241 y demás normas relativas a movilidad y actualización de haberes. Se alegaron inconstitucionalidades de diversas disposiciones y se pidió reparación por falta de actualización de la PBU y de componentes del haber inicial. Decisión: Se hizo lugar a la defensa de prescripción invocada (art. 82 ley 18.037) y, parcialmente, a la demanda de Grasso; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas en orden causado; se difirió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En relación a la cuestión de fondo, es necesario recordar que en la determinación del haber mensual de la Prestación Básica Universal (en adelante, PBU) no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que está constituida en la actualidad por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)." "Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios' y con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial, respecto al mecanismo para repararla, adheriré al criterio uniforme que emana del Superior – por economía procesal
- ... disponiendo que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente 'Badaro' y luego las movilidades dispuestas por ley 26198 ... y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio." "Con relación a la actualización de las remuneraciones para el cálculo de la PC y PAP fijado en el art. 24 de la ley 24.241, es resorte exclusivo del Poder Legislativo Nacional, la elección de los índices de actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial." "En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. art. 4 de la ley 27.609), estimo procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto." "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hago lugar a la defensa de prescripción... y parcialmente, a la demanda interpuesta por GRASSO MARIO ALFREDO... 2) Ordeno a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo... dentro del plazo de 120 días..."
- Votos en disidencia: no se consignan votos en disidencia en el decisorio.

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