VIERA ELSA RAMONA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES pidiendo recalculo y reajuste de su pensión por fallecimiento. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró prescritos créditos anteriores a dos años del reclamo administrativo, declaró la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley 24.463 y ordenó a ANSES practicar la liquidación en 120 días.
¿Quién es el actor?
ELSA RAMONA VIERA (pensionista, Pensión Directa por Fallecimiento
- RTI).
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Se solicita dejar sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes, y que se ordene el recálculo, liquidación y pago de las diferencias del haber previsional, con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el reclamo relativo al cálculo del haber inicial; se hizo lugar parcialmente a la demanda, dejando sin efecto la resolución impugnada; se hizo lugar a la excepción de prescripción (art. 82 ley 18.037) respecto de créditos anteriores a dos años del reclamo administrativo; se declaró la inconstitucionalidad del artículo 7 inc. 2 de la ley 24.463; se ordenó a ANSES practicar la liquidación y efectuar los pagos retroactivos dentro de 120 días; se declararon las costas por su orden y se diferenció la regulación de honorarios hasta existir suma líquida aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En primer orden, corresponde hacer lugar a la excepción de prescripción deducida por la demandada, declarando prescripto los créditos reclamados anteriores a los dos años del reclamo administrativo, (artículo 82, tercer apartado, ley 18.037 –conforme art. 168 de la ley 24.241-)."
"En cuanto a la cuestión de fondo, la parte actora solicita la recomposición del haber inicial de la prestación, sin embargo no funda la petición, por tanto, corresponde el rechazo de este punto de la demanda."
"En este sentido, 'los defectos reseñados no pueden ser subsanados por los jueces ya que su función los obliga a discurrir los conflictos y dirimirlos según el derecho vigente, pero no se extiende al punto de suplir a las partes en la demostración del perjuicio invocado como sustento de su pretensión.' (Conforme en autos: 'Grois, Abraham c/Anses s/reajustes varios', sentencia del 10/04/2007, C.S.J.N.)."
"En la sentencia dictada el 26.11.2007 en el caso 'Badaro', la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ... declaró la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley 24.463, estableciendo que a partir del 01/01/02 y hasta el 31/12/06 se reajustara el haber ... según las variaciones del índice de salarios generales del INDEC..."
"Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ... La liquidación deberá confeccionarse en el término de 120 (ciento veinte) días de quedar firme o ejecutoriada la presente ... Costas por su orden, atento el modo en que fue resuelto (art. 68, inciso 2º del C.P.C.C.N.; conf. C.S.J.N. ...)."
(No hubo votos en disidencia registrados en la sentencia.)
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