Logo

VALLEJOS PILAR ELVIRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el recálculo y reajuste de su haber previsional por considerar indebido el mecanismo de determinación del haber inicial y la movilidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº5 hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada, ordenó el recálculo y la liquidación en 120 días y declaró applicable la excepción de prescripción conforme art. 82 de la ley 18.037.

Anses Recalculo de haber P.b.u. Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Prescripcion (art. 82 ley 18.037) Inconstitucionalidad Confiscatoriedad Indexacion salarios (indice de la construccion) Liquidacion y pago retroactivo.


¿Quién es el actor?

PILAR ELVIRA VALLEJOS.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Se solicitó dejar sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes; se pidió el recálculo, liquidación y pago de diferencias previsionales (recalculo de P.B.U., Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), con intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada, se hizo lugar a la excepción de prescripción conforme art. 82 ley 18.037 (limitando exigibilidad a partir del 06/05/2022), y se ordenó a ANSES que en el plazo de ciento veinte días practique la liquidación ordenada, ponga al pago el haber inicial recalculado y efectúe los requerimientos presupuestarios pertinentes; se declararon las costas por su orden y se diferirá la regulación de honorarios hasta existir suma líquida aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "La parte actora solicita el recálculo del haber inicial y el reajuste de sus haberes... del análisis de autos se desprende que la parte actora obtuvo su beneficio jubilatorio (PBU-PC-PAP) a la luz de lo dispuesto en el art. 17 de la ley 24.241... habiendo adquirido el derecho al beneficio el 22.04.2016
- fecha de alta 01.06.2016 ..." 2) "En primer orden, del análisis de la presente causa se desprende que el pedido de reajuste del haber previsional ingresó en sede administrativa el 06.05.2024, por lo que habré de establecer la pertinencia del reclamo por los períodos cuya exigibilidad no sea anterior al 06.05.2022, (artículo 82, tercer apartado, ley 18.037 –conforme art. 168 de la ley 24.241-)." 3) "Respecto de la solicitud de actualización de la P.B.U., atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios'... corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución... A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. ... se deberán efectuar las siguientes operaciones: 1) Establecer la diferencia entre la P.B.U. redeterminada según las variaciones anuales del índice de salarios... 2) Una vez establecido ello, deberá determinar el porcentaje de confiscatoriedad... 3) De resultar el porcentaje confiscatorio (mayor al 15%) ... corresponderá proceder a la redeterminación de la P.B.U. ... y declarar la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241 modificado por la ley 26.417." 4) "En función de lo peticionado por la parte actora... para la redeterminación de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia... se aplicará la pauta dada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el fallo 'Elliff, Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios'... el Índice de Salarios Básicos de la Industria de la Construcción, Personal no Calificado, Promedio General." 5) "En cuanto al planteo introducido por la actora referido a la declaración de inconstitucionalidad del del art. 14 de la Res. SSS 6/9, en lo relativo a la actualización de las remuneraciones, estimo que el modo que dicho tope ha sido impuesto por el órgano administrado, excede el marco de la norma que reglamenta... En consecuencia, corresponde declarar la inaplicabilidad del artículo en cuestión." 6) "Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..."
- No hubo voto en disidencia relevante consignado en el expediente; la resolución es dictada por la Jueza Federal Subrogante María Gabriela Janeiro y la parte resolutiva fija la decisión a cumplir.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar