VIAÑA FUENTES JORGE ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes varios promovidos por el actor contra ANSeS por cálculo del haber inicial y aplicación de topes y movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y la aplicación del precedente Villanustre para la liquidación, confirmó lo restante, y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Viaña Fuentes Jorge Alfredo.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al cálculo del haber previsional inicial (incluida la Prestación Básica Universal, bonificaciones por horas de vuelo conforme D. 4257/68, aplicación de topes/haber máximo, y cuestionamientos sobre movilidad y normativa aplicable: Ley 27.609, arts. 9 y 25 de la Ley 24.241, art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463, Resolución SSS/06).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y, en virtud del voto mayoritario, diferió para la etapa de liquidación o ejecución el tratamiento de varias cuestiones (la pauta de movilidad de la Ley 27.609 y la aplicación del precedente "Villanustre" para la liquidación; los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 para la ejecución; y la regulación de honorarios por labor en la anterior instancia), revocó la aplicación del art. 14.2 de la Resolución SSS/06/2009, confirmó la sentencia apelada en lo demás que fue materia de agravios, impuso costas de alzada a la demandada vencida y reguló los honorarios de la actuación en la Alzada en el 30% de lo fijado en la instancia anterior. Se devuelven las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
1) "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. Y es que en virtud de la adopción del DNU 274/2024 y la nueva metodología de movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, resulta razonable actuar con cautela, pues la modificación introducida refleja la toma de conciencia de la insuficiencia de la ley 27.609 y su impacto adverso en los haberes previsionales..."
2) "La particularidad del caso de autos radica en que el actor adquirió su beneficio con posterioridad a la entrada en vigor de la ley 27.609 ... frente a las previsiones de dicha normativa, en lo que refiere a la metodología para actualizar las remuneraciones utilizadas para el cálculo de la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), dicha circunstancia impone la necesidad de efectuar un nuevo análisis de similares características al abordado en los precedentes citados ut supra."
3) "En consecuencia, ante el nuevo escenario fáctico suscitado y a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, considero que en casos como el de autos donde no se encuentra ordenada la actualización de la PC y la PAP, la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro'... y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria..."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini disintió parcialmente del voto de la Dra. Dorado en cuanto a la PBU, proponiendo confirmar la sentencia apelada en ese punto por considerar que revocar perjudicaría a la única parte apelante (riesgo de reformatio in pejus). No obstante, el voto mayoritario impuso el diferimiento y las demás decisiones consignadas en el decisorio final.
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