Logo

BUSTAMANTE, MARIO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes previsionales y aplicación de la ley de movilidad; la Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de ANSeS y declaró la constitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, confirmando en lo demás la sentencia de primera instancia y ordenando costas a la actora.

Anses Reajustes previsionales Ley 27.426 Constitucionalidad Movilidad Retroactivo Impuesto a las ganancias Costas Ley 27.541 Corte suprema


¿Quién es el actor?

Bustamante, Mario José.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes previsionales (reajustes varios) y pronunciamientos sobre la constitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, la aplicación de la suspensión por ley 27.541/2020, la exención del impuesto a las ganancias sobre sumas retroactivas e intereses, y distribución de costas.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSeS y, en consecuencia, revocó la sentencia de primera instancia exclusivamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicha norma conforme a la doctrina reciente de la Corte Suprema; confirmó en lo demás la sentencia apelada en cuanto no se oponga a lo decidido; impuso las costas a la quejosa (art. 36 ley 27.423); y no reguló honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido en la instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) Sobre la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y precedente de la CSJN: “recientemente la CSJN con fecha 4 de diciembre del año 2025 en los autos: ‘CSS 138932/2017/CS1 ... Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos.’ Resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del articulo puesto en crisis, por considerar en el considerando 11 que ‘en el presente caso puede afirmarse que la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018– ni se contaba con los elementos necesarios para ello…’”. 2) Sobre la exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos: “corresponde confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora... la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria.” 3) Sobre costas: “Por lo tanto estimo que el mismo debe ser rechazado el agravio por la imposición de las costas de primera instancia a la demandada vencida por el art. 36º de la ley 27.423... en consecuencia... las mismas serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423... Corresponde imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423).”
- Votos: el Dr. Gustavo E. Castiñeira de Dios expuso fundamentos y votó; los Dres. Manuel A. Pizarro y Juan I. Pérez Curci adhirieron al voto que antecede. No se registran votos en disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar