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ERRANTE, FRANCISCO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo previsional por reajustes de haberes y PBU. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a ambas apelaciones: confirmó en lo esencial las liquidaciones ordenadas y condenó a ANSES a reliquidar la PBU por confiscatoriedad que supere el 15%, pero revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declarándola constitucional conforme a doctrina de la CSJN.

Pbu Confiscatoriedad Movilidad previsional Ley 27.426 Reliquidacion Anses Inconstitucionalidad parcial Dnu 157/2018 Art. 20 ley 24.241 Impuesto a las ganancias (exencion retroactivos).


¿Quién es el actor?

ERRANTE, FRANCISCO ANTONIO.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes de haberes previsionales (PBU, Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia), declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.426, 27.609; DNU 157/2018) y liquidación/reliquidación de montos adeudados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSES y revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando su plena constitucionalidad; asimismo hizo lugar parcialmente al recurso de la actora y declaró la inconstitucionalidad, para el caso concreto, de la confiscatoriedad sobre el índice de la PBU cuando supere el 15% del haber, ordenando a ANSES reliquidar la PBU; declaró también la inconstitucionalidad del art. 20 inc. b) de la ley 24.241, del art. 9 de la ley 24.463 y del art. 26 de la ley 24.241 en los alcances expresados; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la instancia a ANSES.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En consecuencia, en el caso que nos ocupa, la discusión en torno a la procedencia del uso del índice ISBIC carece de operatividad jurídica ya que el beneficio fue otorgado con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley n° 26.417 lo que excluye su aplicación conforme a la doctrina establecida por la CSJN en fallos posteriores como ‘Quiroga Caros Alberto c/Anses s/Reajustes Varios’ (Fallo 338:1327)." "En efecto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... Resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del articulo puesto en crisis, ... 'la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018–'." "Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora." "No habiendo prueba en contra es que corresponde declarar la inconstitucionalidad de la confiscatoriedad sobre el índice de la PBU en cuanto supere el 15% del haber." "Que, por ende, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 20, inc. b), de la Ley n° 24.241 para el caso concreto de Autos y ordenar al organismo previsional para que recalcule el haber inicial de la PBU del titular, todo ello hasta la sanción de la Ley n° 26.417."
- Disidencias: No consta voto en disidencia mayoritario; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al voto que antecede (voto principal redactado por el Dr. Castiñeira de Dios).

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