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SACHERO JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes previsionales por movilidad y nulidad de normas y decretos. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, ordenó reajustar la prestación del actor a enero de 2021 por las diferencias entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y lo que hubiera correspondido aplicar conforme a la ley 27.426 para enero y febrero de 2021, diferió el análisis de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la ejecución y confirmó lo demás.

Reajuste previsional Movilidad Ley 27.426 Ley 27.609 Decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Anses Costas Diferimiento Ejecucion de sentencia Honorarios


¿Quién es el actor?

SACHERO JUAN CARLOS.

¿A quién se demanda?

ANSeS (organismo demandado).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de la prestación previsional; se cuestionan la aplicación de decretos y la constitucionalidad de las leyes 27.426, 27.609 y de la ley 27.541 y decretos vinculados; petición de actualización de la Prestación Básica Universal y otros conceptos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó al organismo demandado que reajuste la prestación del actor a enero de 2021 con las diferencias entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que le hubiese correspondido de haberse aplicado la ley suspendida 27.426, únicamente para los meses de enero y febrero de 2021; diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; confirmar lo resuelto en lo demás; imponer costas de Alzada a la demandada; y regular honorarios por el 30% de lo fijado en la instancia anterior (con IVA si corresponde).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS y se confirma lo dispuesto en la instancia de grado... En este orden, corresponde revocar la sentencia de grado, en lo que respecta, y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021." "La parte actora apela la sentencia de primera instancia que rechazó su planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.609... a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos y disidencia relevante: La decisión se adoptó por mayoría (votos de la Dra. Nora C. Dorado y del Dr. Walter F. Carnota). El Dr. Juan A. Fantini disintió del voto preopinante; su disidencia fue consignada pero la mayoría resolvió conforme al bloque dispositvo transcripto.

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