LEDESMA FRANCISCO RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo previsional por reajustes de haberes y cálculo del haber inicial contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó las pautas de actualización de remuneraciones de la instancia de grado y ordenó atenerse a las previstas en la ley 27.426 y concordantes; diferió la redeterminación de la PBU y el análisis de topes para la etapa de ejecución, y confirmó lo demás de la sentencia apelada, incluidas las costas.
¿Quién es el actor?
LEDESMA FRANCISCO RAMON.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: impugnación de la forma de actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, pedido de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cuestionamiento de aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241 / Resolución SSS 6/2009), declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 25 y 26 de ley 24.241, art. 55 de ley 27.541 y otras).
¿Qué se resolvió?
Se revocaron las pautas de la instancia de grado para la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial y se ordenó atenerse a las pautas dispuestas en la ley 27.426 y concordantes; se difirió la determinación del valor de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; se difirió también el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes para la etapa de ejecución; se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; se confirmó la imposición de costas de instancia de grado conforme al artículo 68 del CPCCN (y artículo 36 ley 27.423) si de la liquidación resultaran sumas a favor del actor; costas por su orden en la Alzada; y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "Que en tales condiciones los índices elegidos por el legislador –índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR) hasta el 31 de marzo de 1995, luego del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) hasta el 30 de junio de 2008, desde allí las equivalentes a las movilidades establecidas en la ley 26.417 hasta la sanción de la ley 27.426, y a partir del 1º de marzo el índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)-, dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización y en su construcción se tuvieron en cuenta indicadores de alcance general que, prima facie valorados, no se presentan irrazonables ni arbitrarios."
2) "Que por tales motivos corresponde hacer lugar al agravio de la demandada dirigido contra la pauta de actualización y revocar lo resuelto, confirmando la resolución de la ANSeS que toma como base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes."
3) "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios'... donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
4) "Que no ha de prosperar la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241... lo que torna inaplicable las mentadas disposiciones."
5) Sobre costas: "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia o salvedad relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión en relación con la actualización de las remuneraciones y las costas, expresando en su voto que "Ergo, se confirma lo decidido en la instancia anterior" y proponiendo imponer las costas a la demandada vencida; esa postura fue consignada como opinión separada y no fue la decisión de la mayoría.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: