GOMEZ MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes previsionales y controversias sobre topes y costas en juicio contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia recurrida en lo controvertido, diferimos el debate sobre la aplicación de topes de haberes para la etapa de ejecución y confirmamos la imposición de costas y la regulación de honorarios en favor de la actora.
¿Quién es el actor?
GÓMEZ MARÍA CRISTINA.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamos por reajustes varios de haber previsional (revisión del haber inicial, actualización de remuneraciones para cálculo del haber, Prestación Básica Universal, aplicación de topes del art. 9 de la ley 24.463, prescripción, tasa de interés aplicable, exención de impuesto a las ganancias, aportes autónomos y costas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, por mayoría, resolvió confirmar la sentencia recurrida en lo que fue materia de agravios; diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes; confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado (imposición al vencido conforme art. 68 CPCCN si de la liquidación surgieran sumas a favor del actor, y en caso contrario en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); fijar costas por su orden en la alzada; y determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal."
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, ... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
"Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Voto en disidencia (relevante): El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresamente a salvo su opinión en cuanto a determinados puntos (se consigna como "en disidencia parcial"). Si bien el voto del Dr. Fantini Albarenque expresa reservas y pronunciamientos sobre la metodología a aplicar a servicios autónomos y otras cuestiones, la decisión que surge es la del bloque mayoritario que fue transcripta arriba.
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