MANUELLA HUGO RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes varios contra ANSeS por cálculo de haberes iniciales y prestaciones básicas; la Cámara Federal de la Seguridad Social (Sala I) confirmó la sentencia en lo esencial, difirió para ejecución el examen de la aplicación de topes y revocó lo resuelto sobre costas, imponiéndolas al vencido y fijando honorarios de la alzada en el 30% de lo que se otorgue en primera instancia.
¿Quién es el actor?
MANUELLA HUGO RICARDO (actor demandante).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la metodología de actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, determinación de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes, retención del impuesto a las ganancias y costas; reclamos de recálculo de prestaciones (PC, PAP, IB) y cómputo de aportes autónomos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara difirió el tratamiento del cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes para la etapa de ejecución; revocó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado e impuso las costas al vencido conforme al art. 68 del CPCCN (salvo que de la liquidación resulten otras consecuencias, en cuyo caso se aplicará el art. 36 ley 27.423); y confirmó la sentencia recurrida en todo lo demás que fue materia de agravios.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Que por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo'... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
"Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes."
- Precisión sobre votos: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión respecto de determinadas cuestiones (servicios autónomos y PBU) pero, salvo esa salvedad, se adhirió a la decisión de la Alzada; la resolución consignada es la que surge del acuerdo mayoritario y prevalece sobre opiniones particulares.
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