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LOUZAN NESTOR PEDRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió acción contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones PFA por prestaciones del personal militar y civil de las FFAA. El Juzgado Federal N°9 tuvo por desistido al peticionante y declaró el archivo sin imposición de costas por no mediar controversia.

Desistimiento Principio dispositivo Seguridad social Archivo Sin costas Notificacion electronica Juzgado federal de la seguridad social n?9 Caja de retiros pfa Accion previsional Fecha 27/02/2026


¿Quién es el actor?

Louzan Néstor Pedro.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones PFA (Personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad).
- Objeto de la demanda: acción promovida contra la Caja de Retiros por prestaciones previsionales (autos caratulados LOUZAN NESTOR PEDRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG).

¿Qué se resolvió?

Se tuvo al peticionante por desistido de la acción incoada y se dispuso que no haya costas por no mediar controversia; regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.
- Fundamentos principales (transcripción textual de los párrafos más relevantes): "Que la circunstancia que se configura en las presentes actuaciones permite hacer aplicación del principio dispositivo, por el cual asiste el derecho a la parte actora de desistir de la demanda deducida y del derecho invocado en la misma, siempre que lo haga con anterioridad al pronunciamiento de este Juzgado." "Que habiendo manifestado el accionante en fecha 27.02.2026 su voluntad en ese sentido, corresponde tenerlo por desistido de la acción." "Por todo lo expuesto, RESUELVO: 1)Tener al peticionante por desistido de la acción incoada. 2) Sin costas, por no haber mediado controversia. Regístrese, notifíquese a la parte y a la Sra. Fiscal, en forma electrónica y en igual fecha Oportunamente archívense. Publíquese de conformidad con lo expresado en la Acordada CSJN 10/25."
- Votos en disidencia: No existen votos ni disidencias (sentencia unipersonal).

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