CHIESA ANA GRACIELA c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora impugnó el Decreto 586/2019 y la Resolución MJDH 607/2019 por modificar la asignación por título universitario y el Suplemento por Antigüedad de Servicios. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 1 hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable la normativa impugnada y ordenó la liquidación y pago dentro de los 90 días de quedar firme la sentencia, con costas a la parte demandada.
¿Quién es el actor?
CHIESA ANA GRACIELA, beneficiaria del Servicio Penitenciario Federal.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional
- Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina
- y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación
- Servicio Penitenciario Federal.
- Objeto de la demanda: Impugnación por ilegitimidad del Decreto 586/2019 y la Resolución MJDH 607/2019 por modificar la forma de liquidar la Asignación por Título Universitario (antes 25% sobre el haber mensual) y el Suplemento por Antigüedad de Servicios (S.A.S., antes 2% por año), alegando afectación de derechos previsionales y principios de no regresividad y favorabilidad.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad y la inaplicabilidad de la normativa impugnada respecto del caso de autos. Se ordenó a la parte demandada que dentro de los 90 días de quedar firme la sentencia practique la liquidación encomendada, efectúe la previsión presupuestaria y proceda al pago, con la imposición de costas a la parte demandada; se diferenció la regulación de honorarios para la etapa de ejecución. Se adicionarán intereses según la tasa pasiva del BCRA y se reconocen retroactividades desde el inicio de la modificación, considerándose la demanda interpuesta el 15.06.2021 dentro del plazo prescriptivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"De la sucesión entre las normas indicadas precedentemente, vemos que la modificación en la forma de liquidar la Asignación por Título Universitario, pasando del 25 % calculado sobre el haber mensual correspondiente al grado de revista (Decreto 361/1990 ), a una “suma fija” (Decreto 586/2019), conculcó la integralidad del haber de retiro, tornando confiscatoria la diferencia que se concretó en el haber del actor. La modificación analizada afectó los principios de no regresividad y de favorabilidad que caracterizan a la normativa previsional, conculcando de tal manera derechos a la Seguridad Social consagrados en nuestra Carta Magna."
"De la sucesión entre las normas indicadas precedentemente, vemos claramente que: a) el Suplemento por Antigüedad de Servicios, no fue creado por el Decreto 6 del Decreto 970/2015, ni por el art. 2 de la Resolución 607/2019 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, pues dicho suplemento ya había sido creado y encontraba siendo percibido por el servicio activo y retirado del Servicio Penitenciario Federal y b) la reducción del suplemento por Antigüedad de Servicios que se percibía conforme el 2 % del haber mensual correspondiente al grado de revista del agente a un 0,5% claramente afectó los principios de no regresividad y de favorabilidad que caracterizan a la normativa previsional, conculcando de tal manera derechos a la Seguridad Social consagrados en nuestra Carta Magna."
"Conforme a lo expuesto, corresponde y así lo decido la declaración de inconstitucionalidad y por ende, su inaplicabilidad al caso de autos, de la normativa atacada."
- Otros puntos relevantes: Se reconoce interés a tasa pasiva del BCRA; la excepción de prescripción opuesta resulta abstracta porque la demanda fue interpuesta dentro del plazo (15.06.2021). Se deja constancia sobre la distribución de honorarios entre las letradas de la actora (50% Dra. Sandra Cristóbal y 50% Dra. María Luján Vianco). No hubo votos en disidencia invocados en el fallo.
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