FERNANDEZ JOSE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor la actualización de su haber previsional y la inclusión de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo resuelto, difirió para ejecución los cuestionamientos sobre topes de haberes y sobre la actualización de la PBU, y dispuso costas por su orden en la alzada, fijando honorarios para la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se establezca en primera instancia.
¿Quién es el actor?
FERNANDEZ JOSE LUIS.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios: actualización de remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial, tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial, aplicación de topes de haberes, exención de impuesto a las ganancias, aplicación de precedentes (Villanustre, Makler, Lavecchia) y otros puntos vinculados con la liquidación del beneficio otorgado con fecha de adquisición del derecho 28/12/2020.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo demás que fue materia de agravios; diferenció/diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes y el tratamiento de la actualización de la PBU como componente del haber inicial; confirmó lo resuelto en torno a las costas de la instancia de grado y dispuso costas por su orden en la alzada; fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
2) "En orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. En este sentido sostuvo que '…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 …'."
3) "Sin perjuicio de lo que aquí, se resuelve, conforme lo dispone expresamente el art 271 del CPCCN, esta Alzada examinó sólo los planteos de hecho y de derecho conducentes, ... sometidos a la decisión del juez de primera instancia que fueron materia de agravios, encontrándose el Tribunal limitado en ese sentido y no pudiendo excederse de dicha medida; por lo que, las restantes cuestiones decididas que no han sido materia de tratamiento en la presente deberán, en el momento procesal oportuno, abordarse de manera integral por el juez de grado."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión en torno a las siguientes cuestiones: En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ... )". Esa opinión queda a salvo; la resolución mayoritaria confirmó lo resuelto en grado respecto de las costas según lo indicado en el dispositivo.
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