RODRIGUEZ ANA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes por la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara diferenció la cuestión de la actualización de la PBU y la diferió para la etapa de ejecución, confirmando por lo demás la sentencia de grado y fijando costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
RODRIGUEZ ANA MABEL (actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto del reclamo: Reajustes varios, en particular la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial.
¿Qué se resolvió?
Se diferenció (diferir) el tratamiento del planteo relativo a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; en lo demás, se confirmó la sentencia recurrida en cuanto a los puntos que fueron materia de agravios. Se impusieron costas por su orden en la Alzada y se determinaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
"Sin perjuicio de lo que aquí, se resuelve, conforme lo dispone expresamente el art 271 del CPCCN, esta Alzada examinó sólo los planteos de hecho y de derecho conducentes... sometidos a la decisión del juez de primera instancia que fueron materia de agravios, encontrándose el Tribunal limitado en ese sentido y no pudiendo excederse de dicha medida; por lo que, las restantes cuestiones decididas que no han sido materia de tratamiento en la presente deberán, en el momento procesal oportuno, abordarse de manera integral por el juez de grado."
"Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo”)."
- Voto en disidencia/relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó plasmada su opinión en relación con las costas y sostuvo que "En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación...)", opinión que queda como postura particular pero no altera la decisión mayoritaria consignada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: