ROMERO MIGUEL EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes de haberes y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo sustancial, dejó sin efecto la regulación de honorarios de grado difiriendo su fijación, pospuso la redeterminación de la PBU y el tratamiento de los topes de haberes para liquidación/ejecución y fijó honorarios de Alzada en 30% de lo que se acuerde en grado.
¿Quién es el actor?
ROMERO MIGUEL EDUARDO.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales, con pedidos de actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), declaración de inconstitucionalidad de normas (entre ellas art. 9 Ley 24.463 y otras disposiciones), y regulación de honorarios y costas.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Cámara dejó sin efecto la regulación de honorarios de la dirección letrada en la instancia de grado y difirió su determinación; pospuso el tratamiento de la PBU para la etapa de liquidación; pospuso el tratamiento de los topes de haberes en actividad para la etapa de ejecución; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado conforme a lo expuesto; confirmó la sentencia recurrida en lo demás; y determinó los honorarios por la actuación en Alzada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c /ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 (conf Fallo: CSJN 'Rapisarda José León c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', Sent. Fecha 06/08/2015, R. 680. XLVI. RHE) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" sobre varias cuestiones (incluye planteos sobre actualización de remuneraciones, inconstitucionalidad de la ley 27.609 y otros), manifestando fundamentos propios que quedan a salvo, pero la decisión de la Cámara fue por mayoría conforme al bloque resolutorio transcripto.
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