ZENTNER CAROLA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamaron reajustes previsionales (Zentner c/ ANSES) por actualización de haberes y declaración de inconstitucionalidad de normas y deducciones. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió el examen del art. 26 de la Ley 24.241 para la ejecución, y confirmó lo demás, con costas de alzada a la demandada.
Actor: ZENTNER CAROLA. Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de la prestación previsional —en especial actualización de la Prestación Básica Universal (PBU)— y cuestionamiento de la constitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, del art. 26 de la Ley 24.241 y del art. 14 punto 2) párrafo segundo de la Resolución SSS 6/09; además controversia sobre la exención del impuesto a las ganancias y la imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, difirió el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución, confirmó lo resuelto en lo demás, impuso costas de alzada por su orden a la demandada y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.
Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes."
- "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN “Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios” sentencia del 6 de agosto de 2015”), en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
- "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
- "Resulta inaplicable al haber previsional del actor la escala de deducción prevista en la resolución Nº6/09 ... toda vez que ... la parte actora adquirió su beneficio previsional al cobijo de esta última, el haber previsional del actor queda eximido de esta quita legal."
- Sobre costas: "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN ... se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
Votos y acuerdo: El Dr. Carnota fue el votante que extiende los considerandos y propuso las conclusiones; los Dres. Fantini y Dorado adhirieron. No existe disidencia.
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