FERNANDEZ PEREZ PAULA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajustes varios relativos al cálculo de su pensión. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmó lo resuelto en lo demás, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios a favor de la representación actora.
¿Quién es el actor?
FERNANDEZ PEREZA PAULA (actora).
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios para el cálculo de la prestación previsional (pensión directa) con Fecha de Adquisición del Beneficio 22/03/2017; impugnación de parámetros de actualización de remuneraciones, aplicación de precedentes (p. ej. “Blanco”), prescripción, intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; dispuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida conforme la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS”; reguló honorarios por la alzada en el 30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"…no puede admitirse el ejercicio de una potestad de exclusivo resorte del Poder Legislativo Nacional, ejecutada por ese departamento del Estado desde el año 2008 en dos oportunidades (leyes 26.417 y 27.426) (…), que por lo expuesto es el Congreso Nacional en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período en juego, toda vez que se trata de un componente decisivo para asegurar la vigencia de los derechos consagrados en el artículo 14 bis de la Ley Fundamental". (cita del voto que remite al fallo "Blanco")
"En función de ello, si bien en el caso a consideración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación 'Blanco Lucio Orlando' no resultaba de aplicación el Decreto 807/16 sino la Resolución 56/18 (...), los fundamentos argüidos por el Superior Tribunal para declarar inválida la resolución 56/18 resultan ajustados para efectuar el análisis constitucional del Decreto 807/16. De tal manera, atento que quien acciona obtuvo su prestación previsional con posterioridad al mensual agosto 2016, corresponde remitirnos, por razones de orden y economía procesal, en cuanto a la validez constitucional del Decreto 807/16 a los fundamentos del fallo 'Blanco' y confirmar lo resuelto en la instancia de grado."
"Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. 'Spitale, Josefa Elida', Fallos, 327:3721; ratificado in re 'Cahais, Rubén Osvaldo c/ Anses s/ reajustes varios', sentencia del 18/04/2017, Fallos: 340:483.), por lo que corresponde confirmar en estos términos lo decidido en la instancia de grado sobre el particular."
"En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, a cuyos argumentos me remito en honor a la brevedad, corresponde revocar la imposición de costas e imponerlas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos y disidencias relevantes: Los Dres. Walter F. Carnota y Juan A. Fantini adhirieron al voto de la Dra. Nora C. Dorado; no se registra disidencia.
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