DAVID SOSA NELIDA LUISA c/ GENDARMERIA NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora reclamó el reconocimiento del suplemento creado por el Decreto 2140/13 como remunerativo y bonificable. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, diferenció la regulación de honorarios para cuando esté aprobada la liquidación definitiva y fijó costas de Alzada a la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
DAVID SOSA NELIDA LUISA (actora).
¿A quién se demanda?
GENDARMERIA NACIONAL (parte demandada).
- Objeto de la demanda: Se reclamó que el suplemento creado por el Decreto 2140/13 fuera reconocido en el haber mensual de la actora con carácter remunerativo y bonificable, incluyendo modificatorios y complementarios.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal confirmó la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios, difirió la regulación de honorarios para el momento en que se encuentre aprobada la liquidación definitiva, impuso costas de Alzada a la demandada vencida y reguló los honorarios de la representación letrada de la parte actora por las tareas desarrolladas en esta instancia en el 30% de la suma que le corresponda por su actuación en la instancia anterior, más IVA si corresponde. Finalmente, devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Llegan las presentes actuaciones a esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda y reconoció el derecho a quien acciona a percibir en su haber mensual con carácter remunerativo y bonificable el suplemento creado por el Decreto 2140/13 que le hubiere correspondido percibir en actividad; modificatorios y complementarios."
"La demandada critica la imposición de costas y los honorarios fijados por considerarlos elevados."
"Respecto al agravio relativo a las costas de instancia anterior, debe estarse a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos: “Zanardo Osvaldo Miguel y otros c/ Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, sent. del 8 de septiembre de 2003, en que se dejó sin efecto la exención de costas dispuesta con fundamento en el art. 1º de la ley 19490. En orden a ello, se confirma la imposición de las costas a la demandada vencida."
"En el marco del art. 22 y 23 inc. c) de la ley 27.423, para determinar el monto regulatorio deberá existir en autos liquidación aprobada. Por ello, habiendo transcurrido la actividad procesal en vigencia de ambas leyes arancelarias (Ley 21.839 y Ley 27.423) corresponde diferir la regulación para dicha oportunidad y se revoca lo decidido por la jueza de grado sobre el particular."
(Se transcribe además la Parte Resolutiva final:) "el Tribunal RESUELVE: 1) Diferir la regulación de honorarios para el momento en que se encuentre aprobada la liquidación definitiva; 2) Confirmar la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Costas de Alzada a la demandada vencida (art. 68 CPCCN); 4) Regular los honorarios de la representación letrada de la parte actora por las tareas desarrolladas en esta instancia en el 30% de la suma que le corresponda por su actuación en la instancia anterior, con más el IVA en caso de corresponder ...; 5) Devolver las presentes actuaciones al juzgado de origen a sus efectos."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el texto suministrado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: