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URES HUGO GUILLERMO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado, declaró desierto el recurso de la parte actora, impuso costas a la demandada y reguló honorarios de alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia más IVA.

Ures hugo guillermo Anses Prestacion basica universal Reajustes Indice de actualizacion Inconstitucionalidad art. 9 inc. 3 ley 24.463 Declaracion de desierto Costas de alzada Honorarios 30% Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

Ures Hugo Guillermo.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios referidos, entre otros, a la Prestación Básica Universal (PBU) y metodología/índices de actualización del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; se declaró desierto el recurso de apelación intentado por la parte actora; se impusieron las costas de Alzada a la demandada vencida; se regularon honorarios por la actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia con más el IVA en caso de corresponder; y se devolvieron las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): “La parte actora pese a encontrarse debidamente notificada no presentó su expresión de agravios, por ende, corresponde declarar desierto el recurso de apelación intentado (conf. 266 CPCCN).” “…para la redeterminación de la Prestación Básica Universal como integrante del haber inicial habrá de aplicarse el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro Adolfo Valentín c/ ANSeS s/reajustes varios', Sent. Fecha 26/11/2007, Fallos: 330:4866 -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006
- y los aumentos generales dispuestos por ley 26.198 y decretos 1346/07 y 279/08 hasta la fecha de adquisición del beneficio o hasta la fecha de la sanción de la Ley 26.417, lo que ocurra primero”. “En consecuencia se confirma el índice establecido en la instancia de grado.” “En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 … en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.”
- Votos en disidencia: No se registrada disidencia: los Dres. Dorado y Carnota adhirieron al voto preopinante y el acuerdo fue unánime en los términos del dispositivo.

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