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GONZALEZ EUSEBIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes varios y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado respecto de los agravios, declaró aplicable la doctrina de la CSJN sobre topes confiscatorios y ordenó costas de alzada por su orden.

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¿Quién es el actor?

GONZALEZ EUSEBIA

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre beneficio previsional (incluida actualización de la Prestación Básica Universal
- PBU), exención del impuesto a las ganancias y declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463; impugnación de topes aplicados al haber.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento de grado en cuanto fue materia de agravios, impuso costas de alzada por su orden y devolvió las actuaciones al juzgado de origen para su liquidación y demás trámites. Asimismo, declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando, en la etapa de liquidación de la sentencia, se acredite que la aplicación de los topes provoca una quita superior al 15% del haber (criterio de confiscatoriedad de la CSJN).
- Fundamentos principales (textos transcritos del decisorio): 1) “Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la fecha de adquisición de beneficio del actor es el 10/08/2.018, en vigencia de la Ley 24.241 (modificada por la ley 27.426 y cctes).” 2) “En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes y se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado.” 3) “… resulta comprobado el perjuicio concreto que ocasionó la aplicación del sistema de topes durante los períodos a que se refieren los agravios del organismo previsional, en medida tal que la merma del haber resulte confiscatoria de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Fallos: 307:1985; 312:194, entre muchos otros”. 4) “En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 … en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.” 5) “Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN … se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423).”
- Disidencias: No existen votos en disidencia; el acuerdo fue por mayoría y los tres jueces adhirieron al decisorio.

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