RIQUELME LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Riquelme demandó a ANSES por reajustes de haberes y actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió el tratamiento del precedente Villanustre y del art. 26 de la Ley 24.241 para la ejecución, difirió la regulación de honorarios y confirmó lo demás; impuso costas de alzada a la demandada.
Actor: RIQUELME LUIS ALBERTO. Demandado: ANSES. Objeto de la demanda: Reajustes varios — actualización de haberes y componentes como la Prestación Básica Universal (PBU); impugnación de normas (art. 26 Ley 24.241, art. 14 punto 2) Resol. SSS 6/09, art. 2 Ley 27.426), y recomposición del haber de enero 2021.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente "Villanustre" y del artículo 26 de la Ley 24.241; diferió la regulación de honorarios de Primera Instancia; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso costas de alzada por su orden a la demandada; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes."
- "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
- "En relación con el agravio vertido referente a la doctrina fijada por la CSJN en los autos: 'Villanustre, Raúl Félix s/ jubilación' ... difiérase su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, momento en el cual podrá evaluarse concretamente su aplicación al caso."
- "Finalmente atento a como se decide, y de conformidad con lo normado por el art.279 del código de rito, en el marco del art. 21 de la ley 27.423 para determinar el monto regulatorio deberá existir en autos liquidación aprobada. Por ello, corresponde revocar la regulación efectuada y diferirla para dicha oportunidad."
- "Por lo expuesto, en caso de prosperar mi voto, propicio: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Diferir el tratamiento del precedente 'Villanustre' y del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución; 3) Diferir la regulación de honorarios de Primera Instancia conforme lo señalado; 4) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide; 5) Costas de alzada por su orden en atención a las particularidades de la causa (cfr. Art. 36 de la Ley 27.423); 6) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."
Votos y disidencias: El voto que abre la sentencia (Dr. Carnota) propuso los puntos que integran la resolución; el Dr. Fantini adhirió mayormente con excepción respecto de la recomposición del haber de enero 2021 y se pronunció conforme a precedentes propios, y la Dra. Dorado adhirió al voto principal. No consta una disidencia que modifique la parte resolutiva mayoritaria.
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