MICHALIK DANIELA VICTORIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando reajustes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas y decretos de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado y hizo lugar parcialmente a la demanda ordenando el reajuste del haber desde enero de 2021 y diferir para ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del Decreto 274/2024.
¿Quién es el actor?
MICHALIK DANIELA VICTORIA.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional adquiridos el 1/5/2005; planteos de inconstitucionalidad de artículos de la ley 27.426, de la ley 27.541 y decretos concordantes; inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del Decreto 274/2024; exención de pago del impuesto a las ganancias; solicitud de percibir diferencias entre movilidad decretada durante la emergencia y la que hubiera correspondido aplicar.
¿Qué se resolvió?
Se revocó la sentencia apelada y se hizo lugar parcialmente a la demanda en el marco del plazo del art. 22 de la Ley 24.463 (conforme art. 82 ap.3º Ley 18.037), ordenando a ANSES que reajuste el haber previsional de la actora a enero de 2021 calculando la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que le hubiese correspondido de haberse aplicado la ley 27.426 (equiparando con el mes de febrero) y, desde entonces en adelante, aplicar la movilidad contemplada en la ley 27.609; asimismo se revocó el rechazo de la inconstitucionalidad respecto de la ley 27.609, Bonos/refuerzos extraordinarios y del Decreto 274/2024, diferiendo su tratamiento para la etapa de ejecución; en materia de impuesto a las ganancias se remite a lo decidido por la CSJN en “García Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes varios”; se aplicará la tasa pasiva promedio mensual del BCRA y se imponen las costas a la demandada vencida.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
1) "En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Confirmarla en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Revocar la sentencia apelada en cuanto al rechazo de la inconstitucionalidad planteada respecto de la ley 27.609, Bonos refuerzos extraordinarios y Decreto 274/2024, cuyo tratamiento final se difiere para la etapa de ejecución; 4) En relación al impuesto a las ganancias, remitir a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el Fallo “García Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes varios”, sentencia del 10 de septiembre de 2020; 5) Costas de Alzada a la demandada vencida..."
2) "Por tal razón, corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución."
3) "En este orden, corresponde revocar la sentencia de grado, en lo que respecta, y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021, y de allí en adelante se aplicará la nueva ley vigente 27.609."
- Disidencias relevantes: No obra votación en disidencia mayoritaria; hubo adhesiones con salvedades expresas (sobre art. 55 de la ley 27.541) pero el acuerdo final fue el transcripto y éste prevalece.
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