VERGARA JORGE ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor reajustes varios de haberes previsionales y se impugnaron normas y cálculos. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado (ajustes y costas), remitió la cuestión del impuesto a las ganancias al precedente de la CSJN y diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y la regulación de honorarios para ejecución.
¿Quién es el actor?
VERGARA JORGE ALFREDO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes varios de haberes previsionales (actualizaciones del haber, aplicación de normas de movilidad, intereses, y exención por impuesto a las ganancias), y planteos de inconstitucionalidad de diversas normas (Ley 27.609, Ley 27.426, entre otras). Fecha de adquisición del beneficio reconocida: 22 de julio de 2019.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia apelada conforme sus considerandos; remitió la cuestión del impuesto a las ganancias a lo resuelto por la CSJN en “García Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes varios” (10/9/2020); diferió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución de sentencia; diferió la regulación de honorarios de primera instancia; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso las costas de alzada a la demandada vencida y reguló honorarios por la alzada en el 30% de la suma que se fije por la labor en primera instancia más IVA si corresponde; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Finalmente, ante la insuficiencia demostrada por el esquema de movilidad de la Ley 27.609, el Poder Ejecutivo dictó el DNU N° 274/2024, publicado el 25 de marzo de 2024. Este decreto introdujo una modificación sustancial en la normativa, sustituyendo el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y disponiendo que los haberes previsionales se ajusten mensualmente de acuerdo con las variaciones del nivel general del índice de precios al consumidor nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) conforme la fórmula que como Anexo forma parte integrante de la norma. ... En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
"En torno al agravio referido al impuesto a las ganancias, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha tenido la oportunidad de expedirse al respecto en los autos 'García María Isabel c/ ANSeS s/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad' (Fallos: 342:411, sent. del 26/03/2019), criterio que fue ratificado posteriormente en los precedentes 'García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios', sentencia del 10 de septiembre de 2020' y 'García Blanco Esteban c/Anses s/ Reajustes Varios' (Fallos: 344:983, sent. del 06/05/2021). Por tales motivos, cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitirme a dichos fundamentos."
"Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. 'Spitale, Josefa Elida', Fallos, 327:3721; ratificado in re 'Cahais, Rubén Osvaldo c/ Anses s/ reajustes varios', sentencia del 18/04/2017, Fallos: 340:483.), por lo que considero acertado lo decidido en la instancia de grado sobre el particular."
- Disidencia: no existe disidencia en el acuerdo final; los tres vocales adhieren al efecto mayoritario (se consignan matices de fundamentos entre votos, pero la decisión plenaria coincide con el texto dispositvo transcripto).
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