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PRIETO VIRGINIA GLORIA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo contra ANSES por reajustes y cálculo del haber inicial y PBU. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la Ley 27.609 en los términos expuestos y difirió el análisis de la inconstitucionalidad de la movilidad (Ley 27.609 y DNU 274/2024) para la etapa de ejecución; confirmó lo demás resolvido y reguló costas y honorarios.

Seguridad social Reajustes Ley 27.609 Inconstitucionalidad art. 4 Dnu 274/2024 Pbu Calculo haber inicial Isbic Elliff Costas y honorarios

Actor: PRIETO VIRGINIA GLORIA GRACIELA. Demandado: ANSES. Objeto: Reajustes varios — impugnación del cálculo del haber inicial (actualización de remuneraciones, redeterminación de la Prestación Básica Universal) y planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y del DNU 274/2024.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada para ordenar la actualización de remuneraciones anteriores al 31/3/1991 conforme a la doctrina de la CSJN (“Elliff”, “Blanco”), declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 en los términos indicados, y diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609 y del DNU 274/2024; confirmó lo demás decidido en primera instancia, impuso costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios (30% de lo fijado en anterior instancia más IVA). Se devuelven las actuaciones al juzgado de origen. Fundamentos principales (textos transcripto del decisorio, párrafos relevantes):
- "corresponde revocar lo decidido en la instancia anterior y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 4 de la Ley 27.609 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09."
- "corresponde hacer lugar al planteo de la parte actora y ordenar la actualización de las remuneraciones anteriores al 31.3.1991 consideradas para el cálculo de la PC y PAP, con arreglo a lo indicado por las resoluciones 63/94, 918/94 y 1120/94 hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417 -con sus modificaciones
- y éstas hasta la fecha de adquisición del derecho (Conf. Fallos: 'Elliff, Alberto José c/ ANSeS s/ reajustes varios'...)."
- "La Corte ha señalado reiteradamente que el art. 14 bis de la Constitución Nacional garantiza la movilidad de las jubilaciones... En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." Disidencia: No existe disidencia en la parte dispositiva; los votos de los tres jueces adhieren al acuerdo (los votos contienen matices sobre aplicación de índices y alcance, pero la PARTE RESOLUTIVA es la decisión de la mayoría).

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