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MENDEZ LUIS MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes por prestaciones previsionales y la actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia en lo recurrido, diferenció el tratamiento de la PBU para la liquidación y confirmó costas y honorarios conforme a lo dispuesto.

Pbu Actualizacion remuneraciones Ley 27.426 Ley 27.609 Costas Honorarios Liquidacion de sentencia Cpccn art. 68 Ley 27.423 art. 36 Ripte


¿Quién es el actor?

MENDEZ Luis María.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al cálculo del haber inicial, actualización de remuneraciones para Prestación Compensatoria (PC), Prestación Adicional por Permanencia (PAP), Ingreso Base (IB) y cuestionamiento del valor de la Prestación Básica Universal (PBU); además, planteos de inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del Decreto 274/24; impugnación de la tasa de interés aplicada.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Cámara resolvió posponer el tratamiento de la PBU para la etapa de liquidación de sentencia; confirmar lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado (imponiendo las costas al vencido conforme al art. 68 CPCCN, debiéndose fijar en la liquidación si surgieran sumas a favor del actor o en el orden causado en caso contrario); confirmar la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; imponer costas por su orden en la alzada; y fijar honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "Que en tales condiciones los índices elegidos por el legislador –índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR) hasta el 31 de marzo de 1995, luego del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) hasta el 30 de junio de 2008, desde allí las equivalentes a las movilidades establecidas en la ley 26.417 hasta la sanción de la ley 27.426, y a partir del 1º de marzo el índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)-, dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización y en su construcción se tuvieron en cuenta indicadores de alcance general que, prima facie valorados, no se presentan irrazonables ni arbitrarios." "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes." "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios'... donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Votos en disidencia o salvedades: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja "a salvo su opinión en torno a las siguientes cuestiones" y, respecto de la inconstitucionalidad de la ley 27.609, remite a lo sostenido en autos "WALD Alicia Graciela c/ANSeS..." y propone diferir su tratamiento para la etapa de ejecución. Esa postura fue dejada como reserva del magistrado y no modificó la resolución mayoritaria.

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