RAMOS MONICA ELSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal y cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia recurrida en lo principal, diferió la redeterminación del valor de la PBU y el tratamiento de los topes de haberes para la etapa de ejecución, y ordenó costas por su orden en la alzada y honorarios del 30% para la dirección letrada de la actora.
¿Quién es el actor?
RAMOS MÓNICA ELSA.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios: actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial (PC, PAP e IB), redeterminación de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de topes de haberes y cuestionamientos sobre retención del impuesto a las ganancias, inconstitucionalidad de normas (entre ellas arts. de leyes 24.241, 27.426, 27.609, 24.463 y 18.037).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, diferió el tratamiento del planteo sobre la actualización de la PBU como componente del haber inicial; diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento respecto de la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto en torno a las costas de primera instancia (con las reglas indicadas respecto de la liquidación) y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Además, ordenó costas por su orden en la alzada y fijó honorarios por la actuación en la Alzada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Que en relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c /ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
"Que, por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes."
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia / reservas: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" en torno a ciertas cuestiones y expone consideraciones propias sobre actualización de remuneraciones, la ley 27.609 y costas; sin embargo, el acuerdo se resolvió por mayoría y las posiciones individuales fueron preservadas como opiniones reservadas.
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