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QUARIN JUAN JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajustes varias: el actor reclamó la actualización de haberes (PBU y remuneraciones para cálculo del haber inicial) contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios, impuso costas a la demandada y reguló honorarios, ordenando la devolución de actuaciones al juzgado de origen.

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¿Quién es el actor?

QUARIN JUAN JOSE.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), actualización de remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial y cuestionamientos relativos a leyes y decretos de movilidad (entre otros: Ley 27.426, Ley 27.541, decretos de emergencia, art. 9 y 25 Ley 24.241, art. 14 Res. SS 6/2009, impuesto a las ganancias, aportes autónomos).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento en cuanto fue materia de agravios, impuso costas de alzada a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN citada, reguló honorarios por la alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia más IVA y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): “El Alto Tribunal de la Nación, en la sentencia pronunciada en la causa ‘Quiroga, Carlos Alberto c/ANSeS s/Reajustes Varios’ (Fallos: 337:1277), puso particular énfasis en el carácter integral de los beneficios de la seguridad social (C.N. art. 14 bis): ‘aspecto del que es parte esencial –aclaró
- la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantenerse una relación justa con la situación de los activos’ (Considerando N° 9).” “Por lo tanto, sin perjuicio de que el actor ha adquirido su beneficio con posterioridad a la entrada en vigor de la ley 27.426, atento lo resuelto con relación a la actualización de las remuneraciones a utilizar para calcular la PC y PAP y a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, corresponde confirmar lo resuelto por ela quo en este aspecto y ordenar la actualización de la Prestación Básica Universal conforme lo resuelto en la jurisprudencia citada.” “En virtud de lo expuesto, propongo confirmar lo decidido por el Juez de grado. Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: ‘Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo’, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423).”
- Voto en disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini adhirió al voto mayoritario “con excepción de lo resuelto en torno a la ley 27.541 y el haber inicial dependiente” y explicó: “En consecuencia, revoco lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto.” Esa posición quedó como disidencia parcial; la decisión de la Cámara siguió el voto mayoritario plasmado en la parte resolutiva final.

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