LUCIC RAUL ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo contra ANSeS por reajustes y cálculo del haber inicial y de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social diferenció y dejó para ejecución la revisión del haber inicial de la PBU y el cuestionamiento de topes, confirmó la sentencia recurrida en lo demás y ordenó costas por su orden y honorarios del 30% para la dirección letrada de la actora.
¿Quién es el actor?
LUCIC RAUL ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios: impugnación de la metodología de actualización de remuneraciones que sirven para el cálculo del haber inicial (incluida la Prestación Básica Universal), aplicación de topes de haberes, retenciones del impuesto a las ganancias, tasa de interés, costas y otros agravios conexos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, resolvió diferir para la etapa de ejecución la revisión del haber inicial de la PBU y el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó la sentencia de primera instancia en lo demás que fue materia de agravios; impuso costas por su orden en la Alzada y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
Sobre la actualización de remuneraciones: "los índices elegidos por el legislador –índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR) hasta el 31 de marzo de 1995, luego del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) hasta el 30 de junio de 2008, desde allí las equivalentes a las movilidades establecidas en la ley 26.417 hasta la sanción de la ley 27.426, y a partir del 1º de marzo el índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)-, dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización y en su construcción se tuvieron en cuenta indicadores de alcance general que, prima facie valorados, no se presentan irrazonables ni arbitrarios."
Sobre la PBU: "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios'... donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
Sobre la delegación y emergencia (ley 27.541): "consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
Sobre topes y fundamentos contributivos: "no ha de prosperar la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 si, como acontece en el sub examine, el actor cotizó solo por una parte de su salario de actividad en virtud del tope establecido en las mentadas disposiciones. Pues es de todo punto de vista razonable que, tratándose de un sistema contributivo, la cuantía del derecho a la prestación guarde relación con la cuantía del esfuerzo de aportación realizado."
Sobre retención del impuesto a las ganancias: la Cámara entendió que corresponde "declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido" en consonancia con precedentes de la CSJN.
- Voto en disidencia (relevante): El Dr. Juan A. Fantini Albarenque expresó opinión en lo relativo a la actualización de las remuneraciones y, con fundamentos propios, proponía revocar lo decidido en la instancia anterior y "declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426", aplicando los criterios de los precedentes "Elliff" y "Blanco" para las remuneraciones hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417. Dicha posición quedó en minoría y no integra la decisión de la Cámara.
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