NUÑEZ MONICA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a la A.N.Se.S. solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a ANSeS a recalcular y abonar eventuales diferencias dentro de 120 días de sentencia firme, difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para ejecución y rechazó la pretensión de suplementos extraordinarios.
¿Quién es el actor?
Núñez Mónica Esther.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en virtud de la ley 24.241; planteos de inconstitucionalidad de normas aplicables; liquidación y pago de diferencias retroactivas, intereses y suplementos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, especialmente respecto de los topes cuestionados; se ordenó a ANSeS que en el plazo de 120 días desde que exista sentencia firme proceda conforme lo dispuesto en la resolución; los haberes modificados deberán abonarse dentro del mismo plazo; las acreencias retroactivas se calcularán con los intereses fijados y conforme lo resuelto sobre prescripción; se difiere el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó el pedido de abonar suplementos extraordinarios; costas a ANSeS; se regulan honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora en 15% del importe del crédito que resulte favorable, con IVA si corresponde. (La redacción y alcance coinciden con la parte resolutiva transcripta).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del decisorio):
"2. La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad – de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
"4. Salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326). ... Ahora bien, teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14 ... Dicha metodología de cálculo debe ajustarse a los lineamientos establecidos por la Excma. Cámara del fuero..."
"11. Ahora bien, en cuanto los efectos de la transición de la movilidad ocurrida entre la entrada en vigencia de la ley 27426 y la ley 26417, me remito en honor a la brevedad a lo dispuesto por la CSJN en autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ANSeS s/ amparos y sumarísimos' sentencia definitiva del 4/12/2025, debiendo operarse en consecuencia de conformidad con lo allí ordenado. ... Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad articulada en este marco para la etapa de ejecución de sentencia con la limitación de quedar operativa cuando exceda el 15% del incremento como es de estilo."
"12. En relación a las inconstitucionalidades planteadas: ... Por las razones expuestas, no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada. ... En virtud de lo allí dispuesto, corresponde un análisis numérico actuarial para conocer el porcentaje exacto de confiscatoriedad que podría, o no, existir en autos. Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado..."
- Disidencias relevantes: No hay votos discordantes anotados en el dispositivo; la resolución es firmada por el Juez Federal Subrogante German Pablo Zenobi como sentencia definitiva.
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