MANSILLA LEONARDO SIMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste del haber previsional por retiro por invalidez y la declaración de inconstitucionalidad de normas previsionales. El Juzgado hizo lugar parcialmente, ordenó el recálculo del haber inicial y su actualización con la movilidad aplicable, y rechazó el pedido de los suplementos extraordinarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MANSILLA LEONARDO SIMON (parte actora).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
Objeto: Reajuste del haber previsional asignado (retiro por invalidez) por supuestas incorrectas actualizaciones de remuneraciones base, aplicación de movilidad y eliminación/ajuste de topes; además, se atacó la constitucionalidad de normas y se solicitó el pago de suplementos extraordinarios.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda: se ordena a la A.N.Se.S. que, dentro de los 120 días desde la existencia de sentencia firme, proceda al recálculo del haber inicial conforme a los lineamientos fijados en los considerandos; una vez recalculado, deberá actualizarse con la movilidad determinada en la sentencia y abonarse dentro del mismo plazo; las acreencias retroactivas se computarán con los intereses fijados y respetando la prescripción; se rechazó la pretensión de abonarle al actor los suplementos extraordinarios; las declaraciones de inconstitucionalidad se resuelven en los términos de los considerandos; costas a la vencida y regulación de honorarios conforme lo dispuesto. (La redacción anterior reproduce la solución establecida en la parte dispositiva del fallo.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "La cuestión traída a conocimiento del suscripto en autos, estriba en determinar si resulta atendible el perjuicio alegado por la parte actora, quien considera que en torno a la cuantía del haber percibido, surgirían diferencias a su favor originadas en la incorrecta actualización de las remuneraciones tomadas como base para el cálculo del haber asignado, la falta de movilidad de éste, así como la aplicación de diversos topes."
2) "En consecuencia, y de conformidad con los términos allí citados, me remito a la causa 'Elliff, Alberto c/Anses' del 11.08.2009, para el recalculo de un nuevo cálculo del haber inicial, en el que la Anses debe actualizar las remuneraciones mediante el índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), ya que hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26.417 (febrero de 2009 inclusive)..."
3) "En lo que respecta a la movilidad del haber que pudiere quedar redeterminado en base a lo resuelto hasta ahora, será de aplicación lo dispuesto en las leyes 26.417, 27.426, 27.609 siguientes y cctes, en consonancia con las ratificaciones del Superior."
4) "En tal contexto, la determinación de dichos destinatarios de este tipo de medidas, se inscribe dentro de las atribuciones propias del Estado para diseñar e implementar políticas económicas y sociales diferenciadas... La exclusión de quienes superan el umbral fijado por la normativa no puede reputarse arbitraria en tanto responde a la finalidad redistributiva que inspira la medida."
5) "Por las razones expuestas, no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada."
- Disidencias relevantes: No se registra voto en disidencia en el dispositivo; la parte resolutiva final es única y prevalece.
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