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BERGNA CARLOS RUBEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la A.N.Se.S. solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de topes aplicados. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a ANSeS que en 120 días desde la sentencia firme proceda según lo dispuesto, rechazó suplementos extraordinarios, y condenó en costas a ANSeS con regulación de honorarios al 15%.

Anses Reajuste previsional Ley 24.241 Topes Prestacion compensatoria Inconstitucionalidad Intereses Prescripcion Costas Honorarios (15%)


¿Quién es el actor?

BERGNA CARLOS RUBEN (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de topes y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas; solicitud de pago de diferencias y retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, especialmente respecto de los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, dentro del plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto en el fallo; se rechazó la pretensión relativa a suplementos extraordinarios; se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; costas a la ANSeS; regulación de honorarios para la Dirección Letrada actora en el 15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante (con IVA y demás reglas). Los haberes modificados deberán abonarse dentro del plazo indicado y las acreencias retroactivas se computarán con los intereses fijados y conforme a lo resuelto sobre prescripción. (Esta redacción se corresponde con la parte dispositiva del fallo).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados y, en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos -considerando que las actuaciones administrativas se encuentran en poder de la demandada
- proceda en la forma aquí dispuesta." "Los haberes en caso de resultar modificados por las pautas establecidas en este decisorio, deberán abonarse dentro del plazo indicado en el punto 1) de esta parte resolutiva." "Para el cómputo de las acreencias retroactivas que eventualmente resulten en favor de la reclamante, deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados y de acuerdo a lo resuelto en materia de prescripción. Asimismo, debe la A.N.Se.S. efectuar los requerimientos presupuestarios pertinentes para su pago, de acuerdo con los medios de cancelación que correspondan, en el marco de la legislación vigente en la materia." Sobre inconstitucionalidades y topes: "De la lectura del Art. 26 de la Ley Nº 24.241 se desprende que el legislador ha establecido un tope para el cálculo del componente 'Prestación Compensatoria'... Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado..." Declaración de inconstitucionalidad de norma reglamentaria: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria... y lo declaro inconstitucional en este acto."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el documento; la parte resolutiva final es la que prevalece.

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