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ARISTA, CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes y recalculo del haber previsional y retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSES, declaró inconstitucional el art. 1° de la ley 27.609 y confirmó la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias, imponiendo costas a la demandada.

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¿Quién es el actor?

ARISTA, Catalina.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios, recalculo del haber inicial de la PBU y otros reajustes previsionales; pedido de declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 1º ley 27.609 y otros instrumentos) y exención del retroactivo del impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES; se declaró la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley n° 27.609; se impusieron las costas a la demandada; no se regularon honorarios a la representación de la actora por no haber intervenido en esta instancia; respecto de los honorarios de ANSES, rige el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos y citas relevantes): "La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley n° 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente. Corresponde, pues, rechazar el agravio y mantener el criterio adoptado." "Progresividad y no regresividad. El principio de progresividad no admite retrocesos que restrinjan derechos alcanzados, salvo que el Estado demuestre estrictamente que evaluó alternativas menos lesivas..." "El argumento económico exige información transparente e indicadores verificables... Sin una justificación seria y documentada, el recorte no supera el control de razonabilidad." Sobre el impuesto a las ganancias: "la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria... por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora." Sobre costas y honorarios: se impusieron las costas a la demandada en virtud del art. 36 de la ley 27.423 y "NO REGULAR los honorarios a la representación letrada de la actora atento a no haber intervenido en esta instancia. Respecto de los honorarios profesionales de la demandada ANSeS corresponde lo dispuesto en el art. 2 de la ley arancelaria."
- Votos/diferencias: Los Dres. Manuel A. Pizarro (voto que expone fundamentos), Juan I. Pérez Curci y Gustavo E. Castiñeira de Dios adhirieron al voto. No se registran disidencias.

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