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HERMIDA LUIS MARCELINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajustes sobre su pensión directa docente por remuneraciones computadas y retenciones por impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios de la ANSeS y ordenó costas a la demandada, regulando honorarios de la representación letrada.

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¿Quién es el actor?

Hermida Luis Marcelino.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al cálculo del haber de pensión directa (docente) y cuestionamiento sobre la retención del impuesto a las ganancias en el haber previsional.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de alzada a la demandada vencida conforme a la doctrina de la CSJN; se regularon honorarios para la representación letrada de la actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA si correspondiera; y se devolvieron las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la parte actora obtuvo el beneficio de pensión directa
- DOCENTE
- con fecha de adquisición del derecho el 7 de octubre de 2007, en vigencia de la Ley 24.241." "Respecto al agravio referido al impuesto a las ganancias, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha tenido la oportunidad de expedirse al respecto en los autos 'García María Isabel c/ ANSeS s/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad' (Fallos: 342:411, sent. del 26/03/2019), criterio que fue ratificado posteriormente en los precedentes 'García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios', sentencia del 10 de septiembre de 2020' y 'García Blanco Esteban c/Anses s/ Reajustes Varios' (Fallos: 344:983, sent. del 06/05/2021). Por tales motivos, cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitirme a dichos fundamentos." "En virtud de lo expuesto, propongo confirmar lo decidido por el Juez de grado." "En el caso de mantenerse la postura del organismo, la actora se vería obligada a efectuar un trámite administrativo ante la AFIP, no reglamentado, quedando sin protección jurisdiccional a los fines de la percepción de su crédito alimentario, o ante la reticencia del organismo se vería obligada a iniciar un nuevo reclamo judicial. Por lo que se desestima el planteo."
- Votos: El voto de apertura (Dr. Walter F. Carnota) propone confirmar y expone los fundamentos citados; la Dra. Nora C. Dorado y el Dr. Juan A. Fantini adhieren al voto que encabeza el decisorio. No existen disidencias.

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