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LETOILE MONICA RAQUEL c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora apeló la negativa de grado para obtener la inclusión y cálculo proporcional de refuerzos previsionales extraordinarios desde septiembre de 2022. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y hizo lugar a la demanda, difiriendo el examen y cálculo de los bonos extraordinarios para la etapa de ejecución de sentencia y disponiendo reglas sobre costas y honorarios.

Camara federal de la seguridad social Apelacion Bonos extraordinarios Refuerzos previsionales Anses Ejecucion de sentencia Costas Honorarios Morales blanca azucena Ley 27.423


¿Quién es el actor?

Letoile Mónica Raquel (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de recomposición de haberes desde septiembre de 2022 mediante la inclusión y cálculo proporcional de refuerzos previsionales extraordinarios (bonos/subsidios/refuerzos previsionales).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia apelada y hizo lugar a la demanda conforme surge de los considerandos; diferió el planteo respecto de los bonos extraordinarios para la etapa de ejecución de sentencia; estableció que, si de la liquidación surgen sumas a favor del actor, las costas se impondrán a la vencida conforme a lo resuelto por la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS…”, en caso contrario se fijarán en el orden causado; difirió la regulación de honorarios de la instancia de grado hasta existencia de liquidación aprobada; fijó honorarios por actuación en alzada en el 30% de lo que se fije por la actuación en la instancia anterior (más IVA si corresponde); y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En virtud de ello, en el analisis de lo pretendido en autos, estos instrumentos, pese a haber variado su denominación a lo largo de las diferentes gestiones gubernamentales, han sido aplicados de manera periódica y constante mediante diversos decretos publicados mes a mes, formando parte de un esquema de política pública diseñado para paliar los efectos que las variables económicas generan en los sectores más vulnerables." "De allí se colige que, si bien las circunstancias han ido cambiando a lo largo del tiempo, como así también la movilidad aplicable, las sumas instituidas por los decretos cuestionados siguen siendo abonadas." "En consecuencia, toda vez que estos refuerzos extraordinarios se insertan dentro de aquel marco normativo cuyo examen se encuentra diferido, el planteo de la actora exige un análisis numérico y de proporcionalidad más profundo que resulta prematuro en esta instancia de conocimiento. Por ende, y por los fundamentos expresados en el citado precedente 'Wald', corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado, hacer lugar parcialmente a la demanda y diferir el tratamiento, examen y eventual cálculo de los bonos extraordinarios para la etapa de ejecución de sentencia."
- Votos y disidencias relevantes: Los Dres. Juan A. Fantini (voto que encabeza), Walter F. Carnota (adhirió al decisorio con fundamentos en "Suarez Norma Cecilia c/ ANSeS s/Reajustes Varios", Expte. 44977/2023) y Nora C. Dorado (adherente) integran el acuerdo que resolvió conforme la parte resolutiva. No se registran votos en disidencia.

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