IMPINI LUIS FABIAN c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamó el actor inclusión de suplementos del Decreto 380/17 en su haber mensual de retiro como remunerativos y bonificables. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo sustancial, revocó el plazo de cumplimiento dispuesto en grado, confirmó costas a la parte demandada y reguló honorarios conforme ley 27.423.
¿Quién es el actor?
IMPINI LUIS FABIAN.
¿A quién se demanda?
MINISTERIO DE SEGURIDAD y otro (Caja/organismo gestor).
- Objeto de la demanda: Se reclamó que los suplementos creados por el Decreto 380/17 (entre ellos “Función Policial Operativa” y “Función Técnica de Apoyo”) se incluyan en el haber mensual de retiro como conceptos remunerativos y bonificables.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo que decidió y fue materia de agravios, con las siguientes precisiones: difiere la regulación de honorarios hasta la liquidación definitiva; impone las costas de Alzada a la demandada; regula los honorarios de la representación letrada de la parte actora por las tareas en esta instancia en el 30% de la suma que le corresponda por su actuación en la instancia anterior; y ordena devolver las actuaciones al juzgado de origen. Asimismo, revocó lo establecido en primera instancia respecto del plazo de cumplimiento y ordenó que la demandada, a partir de la firmeza del decisorio, efectúe la previsión presupuestaria y la acredite en la causa.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes y citas literales):
"Llegan las presentes actuaciones a esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda y reconoció el derecho de quien acciona a percibir en su haber mensual con carácter remunerativo y bonificable el suplemento creado por el Decreto 380/17 y sus modificatorios que le/les hubiere correspondido percibir en actividad."
"En virtud de las consideraciones vertidas, se infiere que, más allá de la denominación que se intente asignarle por vía reglamentaria a los suplementos 'Función Policial Operativa' y 'Función Técnica de Apoyo' creados por el Decreto 380/17, los mismos ostentaban carácter 'general', 'remunerativo' y 'bonificable', debiendo incorporarse al 'haber mensual' de quien acciona, el que le hubiese correspondido percibir de haber continuado en actividad."
"En relación al plazo de cumplimiento establecido en el decisorio de grado, se revoca lo establecido y se ordena a la demandada que a partir del momento en que adquiera firmeza el decisorio de conocimiento, deberá efectuar la previsión presupuestaria correspondiente y acreditarla en la causa con la documentación pertinente..."
"Por lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: 1) Diferir la regulación de honorarios para el momento en que se encuentre aprobada la liquidación definitiva; 2) Confirmar la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Costas de Alzada a la demandada vencida (art. 68 CPCCN); 4) Regular los honorarios...; 5) Devolver las presentes actuaciones al juzgado de origen a sus efectos."
- Votos en disidencia: No consta disidencia relevante en el bloque dispositivo final; la resolución consignada es la que integra la decisión de la Cámara.
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