SACCONE SANTIAGO Y OTRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores demandaron al Estado Nacional, Ministerio de Seguridad y otros para que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11% y se ordene la devolución de los descuentos. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 9 hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el decreto, ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en 90 días, con liquidación retroactiva y costas al vencido.
¿Quién es el actor?
SACCONE SANTIAGO y otro.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – CRJPPFA (Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina) y Gendarmería Nacional (GNA).
- Objeto de la demanda: Se solicitó declarar la inconstitucionalidad de la Ley 22.788 y del Decreto 679/1997 (principalmente el Dto. 679/97 que elevó del 8% al 11% el aporte previsional), ordenar el cese inmediato de la retención del incremento y la devolución de las sumas indebidamente descontadas con sus intereses, más la liquidación de las sumas retroactivas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda respecto del descuento impuesto por el Decreto 679/97, declarándose la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, ordenándose el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación; en ese mismo plazo la demandada deberá practicar la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas y activar los mecanismos para colocar al cobro los montos resultantes. Costas al vencido. Regulado honorarios (15% del importe del crédito resultante) con aplicación normativa indicada en el decisorio.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes del fallo):
1) "En este sentido, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado con fecha 07/10/21 el fallo 'Pino Seberino y otros c/Estado Nacional – Ministerio del Interior s/Personal militar y civil de las FFAA y de Seg' donde el tribunal sostuvo en el pto. 7 del Considerando que '...con relación a los agravios que se dirigen a cuestionar la validez del aporte personal fijado por la ley 22.788 con fundamento en que hasta el dictado de esa norma los retirados y pensionados de la Gendarmería Nacional no estaban obligados a realizarlo, resulta de aplicación la doctrina de este Tribunal según la cual la modificación de constitucional, pues nadie tiene derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos, ni a su inalterabilidad (Fallos: 315:839; 327:5002; 338:757), más aún cuando la imposición de dicha carga se sustenta en razones de interés col y manifiesto carácter asistencial, sin que se advierta que vulnere los derechos superiores invocados.'"
2) "Asimismo, en el pto. 12) del mismo añadió que: '...los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional, sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (arg. Fallos: 322:17269). En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97'."
3) "Por ello, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar a la demanda incoada en relación al descuento impuesto por el Decreto 679/97 ... En consecuencia, declárese la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, ordénese el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación de la presente."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el decisorio; la resolución es firmada por el Juez Federal Germán Pablo Zenobi.
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