RIQUELME HERMINIO Y OTROS c/ GENDARMERIA NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Acción por incorporación al haber de acreencias de los Decretos 1307/2012 y 854/2013 promovida por los actores contra Gendarmería Nacional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, impuso costas a la demandada vencida y reguló honorarios por el 30% de lo percibido en la instancia anterior.
Actor: Riquelme Herminio y otros (actores). Demandado: Gendarmería Nacional (demandada). Objeto de la demanda: Se reclamó la incorporación al haber mensual de los accionantes de las acreencias emergentes de los Decretos 1307/2012 y 854/2013 y modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en lo que decide y ha sido materia de agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida; reguló los honorarios de la representación letrada de la parte actora por las tareas desarrolladas en esta instancia en el 30% de la suma que le corresponda por su actuación en la instancia anterior, con más el IVA en caso de corresponder; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos del fallo):
- "Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de grado que hace lugar a la demanda y ordena se incorpore al haber mensual de los accionantes las acreencias emergentes de los Decretos 1307/2012 y 854/2013 y modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable."
- "La demandada se queja de la imposición de las costas a su parte."
- "En relación a la imposición de las costas, el caso ha de regirse por el principio general en la materia y, por lo tanto, se confirma la imposición a la demandada vencida (art.68 CPCCN)."
Votos/signaturas: la resolución lleva la firma de las juezas de Cámara Nora Carmen Dorado y Juan A. Fantini Albarenque; el Dr. Walter F. Carnota se excusó. No consta disidencia.
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