Incidente Nº 5 - IMPUTADO: PORTILLO LOPEZ , ZENON ANTONIO s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA
Incidencia penal por cumplimiento de condiciones de suspensión de juicio a prueba y extinción de la acción penal. La Cámara/Tribunal Oral declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a Zenón Antonio Portillo López por falsificación de documento público y falsificación de numeración, por haberse satisfecho las condiciones impuestas en la suspensión del juicio (pago de $313.400 y ausencia de nuevos antecedentes).
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (aux. fiscal Dra. María José Meincke Patané intervino en el incidente).
- Demandado / Imputado: Zenón Antonio Portillo López, DNI 94.697.665, nacido el 9/5/1977, nacionalidad panameña.
- Objeto de la incidencia: Verificar cumplimiento de las condiciones impuestas en la suspensión del juicio a prueba (art. 76 ter CP) y decidir sobre la extinción de la acción penal y sobreseimiento en la causa por delitos de falsificación de documento público y falsificación de numeración individualizadora.
¿Qué se resolvió?
Se declaró extinguida la acción penal seguida contra Zenón Antonio Portillo López y se lo sobreseyó en la causa nro. 4303–FSM 124/2023/TO01/5; se pidió al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de San Isidro n°2 el levantamiento de las medidas cautelares, y se ofició a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"III.
- Así las cosas, se tiene por acreditado que Zenón Antonio Portillo López, ha satisfecho las condiciones de cuyo cumplimiento dependía la suspensión del juicio y, en consecuencia, corresponde, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 ter del Código Penal y 336 inciso 1° del Código Procesal Penal de la Nación, extinguir la acción penal a su respecto y sobreseerlo."
"Finalmente, con fecha 25 de junio del 2026 Sciancale -parte damnificada en la presente causa
- fue informada acerca del derecho de expresar su opinión antes de proceder a la resolución que finalice la causa, conforme lo establecido en el art. 5 inc. k) de la ley 27.372, ocasión en la que refirió que presta conformidad para la extinción de la acción penal del encartado."
"I. DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, seguida contra ZENON ANTONIO PORTILLO LOPEZ, en orden al delito de falsificación de documento público, en concurso ideal con el delito de falsificación de numeración individualizadora en calidad de coautor (arts. 45, 54, 76 ter, cuarto párrafo, 292, 2° párrafo, y 289 inc.3 del Código Penal)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente; la resolución se presenta como decisión del Tribunal.
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