PAOLINELLI SERGIO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes previsionales y controversias sobre PBU, topes y movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, revocó la orden de aplicar a los haberes de enero-febrero 2021 la diferencia porcentual reclamada por aumentos suspendidos en 2020, pospuso la determinación de la PBU y de los topes para las etapas de liquidación o ejecución, y confirmó las demás decisiones y las costas conforme a lo resuelto.
¿Quién es el actor?
PAOLINELLI SERGIO DANIEL.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamos por reajustes varios de la prestación previsional (actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, valoración y redeterminación de la Prestación Básica Universal —PBU—, aplicación de topes de haberes en actividad, aplicación de normas de movilidad y cuestiones tributarias y de costas).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría la Cámara modificó la sentencia de grado en los puntos expresados en la parte resolutiva: revocó la aplicación a los haberes de enero y febrero de 2021 de la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los abonados en 2020; pospuso la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de liquidación; pospuso el tratamiento de los topes de haberes en actividad para la etapa de ejecución; confirmó lo resuelto en torno a las costas en primera instancia (con costas por su orden en la Alzada) y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) “En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de la descalificación pretendida por la parte actora, visto que la emergencia fue definida por el Congreso de la Nación, con arreglo a la Constitución Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada.”
2) “En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423).”
3) “Por ello el Tribunal, por mayoría RESUELVE: ... 2 Posponer el tratamiento de la PBU para la etapa de liquidacion de sentencia ... 3 Posponer el tratamiento de los topes de haberes en actividad para la etapa de ejecucion ... 5.
- Confirmar la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios ... 7.-Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior...”
- Votos en disidencia: El fallo contiene la aclaración del Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejando a salvo su opinión sobre cuestiones de actualización de remuneraciones y sobre el art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463; tales observaciones se consignan como reserva de opinión del vocal y no integran la decisión mayoritaria.
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